141) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Rubén Bernardo Kriscautzky.
Por estos hechos deberán responder los imputados ERLAN, MAIDANA, ZEOLITTI, CHEMES y MARTINEZ.
Se encuentra probado que RUBÉN KRISCAUTZKY, militante de Vanguardia Comunista, Susana Laxague, y su hija Marina, de tan sólo 13 años de edad, fueron secuestrados en la madrugada del 15 de agosto de 1978 en su domicilio de la calle Darwin 348 de esta Ciudad.
En el operativo participaron entre 10 y 15 personas armadas que entraron por los techos de la casa. La esposa e hija de la víctima fueron obligadas a vestirse y a llevar ropa para “dos días”. También les permitieron llevarse a la perra de la familia. A Rubén, en cambio, lo sacaron descalzo. Todos fueron encapuchados y conducidos al Vesubio.
Al ingresar al CCD, la familia fue separada. Susana permaneció en una habitación junto a otra secuestrada que se encontraba atada a una camilla metálica. Marina, por su parte, estuvo en un cuarto con otras mujeres cautivas. Allí le sacaron la venda y pudo ver muchas de las cosas que habían robado de su casa durante el secuestro: un televisor, platos, ropa de su madre, collares.
Cuando comenzó a amanecer la llevaron a un cuarto pequeño con las ventanas pintadas de negro, las paredes recubiertas con telgopor y una cama metálica en el medio. Uno de los guardias le llevaba la comida pero antes de hacerlo, la obligaba a ponerse unos anteojos pintados de negro. En una oportunidad, Marina no se colocó esos anteojos y el guardia la amenazó con matarla. Durante la audiencia reconoció a ese guardia, señalando a RAMON ERLAN.
Durante el debate, su madre recordó que para ir al baño debían salir al exterior, y que allí no había papel higiénico sino un libro de Leopoldo Marechal atado a un alambre. Ahí pudo ver por la ventana que pasaba el colectivo 86 que recorre General Paz hacia Ezeiza.
Al día siguiente de su llegada al centro, un hombre que parecía ser el responsable del lugar, la llevó a despedirse de su marido.
KRISCAUTZKY, que estaba esposado, pudo decirle a su mujer “que si quería se quedara en el país, que el único involucrado en todo esto era él”.
Susana Laxague y Marina Kriscautzky fueron liberadas al día siguiente de su llegada al Vesubio, siendo dejadas en el barrio de Villa Crespo.
Por el contrario la víctima permaneció en el CDD, padeciendo condiciones inhumanas de vida, durante más de un mes. Actualmente, RUBÉN KRISCAUTZKY se encuentra actualmente desaparecido.
Sobre el cautiverio del nombrado en el Vesubio dieron cuenta numerosos sobrevivientes.
Entre ellos Rolando Zanzi, recordó cuando a Rubén lo dejaron despedirse de su mujer. También contó que de alguna manera se sentía afortunado de no tener familia porque veía cómo a Kriscautzky lo amenazaban durante la tortura con lastimar a su esposa e hija.
En igual sentido, declararon Rubén Martínez y Arnaldo Piñón. Este último mencionó que el guardia apodado PANCHO, al que recordó como muy perverso y sanguinario, le dio una paliza a Kriscautzky porque hablaba con una chica.
María Pérez de Micflik manifestó que pudo verlo cuando le dieron permiso para ir al baño, y que pasó por al lado y le preguntó bajito “¿qué va a pasar?”, respondiéndole Rubén: “a ustedes los van a largar, pero a nosotros (por la dirección del partido) con buena suerte nos van a mandar a otro campo”.
A su vez, Faustino Fernández, Cristina Navarro y Nieves Kanje, dijeron haber escuchado la voz de la víctima en el centro; mientras que Cecilia Vázquez, Dario Machado, Estrella Iglesias, Juan Frega, Roberto Arrigo, Jorge Watts, Guillermo Lorusso y Alfredo Peña, también dieron cuenta de su presencia en el Vesubio.
Cabe mencionar, que en este juicio Susana Laxague pidió saber dónde estaban los restos de su marido, sobre todo por su nieto que pregunta si “los dejaron tirados por allí”; y su hija Marina Kriscautzky, nos relató que entre las razones por las cuales se fue del país en 1990 estaba la angustia que le producía ver indultados a los responsables de la desaparición de su padre.
Por último, el secuestro y posterior cautiverio en el Vesubio de RUBÉN KRISCAUTZKY ha sido acreditado en la sentencia de la causa 13/84, bajo el número de caso 155.
Si bien en esa ocasión no se tuvieron por probadas las torturas a las que fue sometida la víctima, actualmente el Tribunal posee mayores elementos a partir de los testimonios mencionados, a los que deben sumarse los dichos de Dora Garín, quien manifestó que la víctima sufrió torturas durante su cautiverio; y los de Miguel Fuks, quien recordó que Kricautzky le comentó que había sido torturado.
Asimismo, se cuenta con la siguiente documental:
Legajo Conadep nro. 2166 del que surgen las denuncias realizadas por la familia por el secuestro de Kriscautzky.
Legajo de prueba nro. 706 de causa nro. 450.
Habeas corpus y causas iniciadas a partir del secuestro de la víctima.
Archivos de la ex DIPPBA, del que surge un listado confeccionado en el año 1975 por el Ejército Argentino con los nombres de personas vinculadas a organizaciones subversivas entre los que figura Kriscautzky.
Legajo de prueba 494 de la causa 450 caratulado “Benet, Armando s/denuncia”, en el que obra la declaración de Néstor Norberto Cendón ante Conadep, quien refiriéndose al caso de Kriscautzky dijo “en la madrugada del quince de agosto de 1978 se procedió a cercar la casa…se cercaron los techos también y se bajó por una soga…. se procedió a inmovilizar a todos los ocupantes de la misma: esposa e hija además de Kriscautzky… se los retira de la casa y se los conduce a Vesubio en aproximadamente tres autos operacionales…operaron personal de CRI a cargo del Francés... aproximadamente participaron de este operativo nueve personas”. Todo esto, se condice con lo relatado por la esposa e hija de Kriscautzky.
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