viernes, 15 de julio de 2011

17a 29 y 45) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Luis Maria Gemetro, Luis Alberto Fabbri, Catalina Juliana Oviedo de Ciuffo, Daniel Jesús Ciuffo, Luis Eduardo De Cristófaro, María Cristina Bernat, Julián Bernat, Claudio Julio Giombini, Elisabeth Käsemann, Rodolfo Goldín, Mario Sgroy, Esteban Silvestre Andreani, Miguel Harasymiw y Nelo Antonio Gasparini

17a 29 y 45) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Luis Maria Gemetro, Luis Alberto Fabbri, Catalina Juliana Oviedo de Ciuffo, Daniel Jesús Ciuffo, Luis Eduardo De Cristófaro, María Cristina Bernat, Julián Bernat, Claudio Julio Giombini, Elisabeth Käsemann, Rodolfo Goldín, Mario Sgroy, Esteban Silvestre Andreani, Miguel Harasymiw y Nelo Antonio Gasparini
Por los que deberán responder los imputados GAMEN, DURAN SAENZ, ERLAN, ZEOLITI, CHEMES, MARTINEZ y MAIDANA.
Asimismo, GAMEN y DURAN SAENZ deberán responder por los homicidios doblemente calificados de las víctimas.

I. INTRODUCCIÓN

Dada la íntima relación entre estos hechos, se los tratará en forma conjunta: el secuestro, su permanencia en el ccd y el posterior homicidio de todas las víctimas.
Después de la prueba producida en este debate se ha podido acreditar que Luis Maria Gemetro, Luis Alberto Fabbri, Catalina Juliana Oviedo de Ciuffo, Daniel Jesús Ciuffo, Luis Eduardo De Cristófaro, María Cristina Bernat, Julián Bernat, Claudio Giombini, Elisabeth Käsemann, Rodolfo Goldín, Mario Sgroy, Esteban Silvestre Andreani, Miguel Harasymiw y Nelo Antonio Gasparini fueron privados ilegítimamente de su libertad y mantenidos en cautiverio en condiciones inhumanas de vida, en el centro clandestino de detención el “Vesubio”, donde además fueron sometidos a diversos métodos de torturas.
También se tiene por acreditado que la noche del 23 al 24 de mayo de 1977, todas las víctimas fueron sacadas de ese ccd para ser asesinadas, en un operativo especialmente montado para ello por personal del Ejército Argentino, al cual se intentó dar la apariencia de un enfrentamiento, y luego los restos de las víctimas fueron dejados en la puerta del cementerio de Monte Grande, para ser inhumados como N.N.
Asimismo cabe destacar que de los 16 cadáveres abandonados allí, no ha sido posible establecer la identidad de dos de las personas asesinadas, y cinco familias no pudieron retirar los restos de las víctimas para darles sepultura.
Cada uno de estos extremos han sido corroborados por la prueba producida durante el debate, la que iremos analizando.

II. - HECHOS

Así durante el desarrollo de este juicio se ha podido acreditar de manera irrefutable que:

LUIS MARIA GEMETRO fue secuestrado el 11 de febrero de 1977, alrededor de las 17:30 hs. en su lugar de trabajo, sito en Republiquetas 3402 de esta ciudad.
Según relató en esta audiencia Liliana Franchi, su esposa, el día del secuestro durante el horario de almuerzo, Gemetro se comunicó con ella y le comentó que notaba movimientos extraños. También le confirmó que se encontrarían a cenar con unos amigos por la noche. Como nunca llegó a esa reunión, preocupada, llamó por teléfono al dueño del local donde Gemetro tenía instalada su veterinaria, y éste le contó que esa tarde personas desconocidas en dos coches particulares habían ido a buscar a Gemetro y se lo habían llevado detenido. Refirió que a partir de ese día se realizaron sucesivamente cinco allanamientos en los domicilios de familiares, inclusive con un camión del ejército intentando encontrarla a ella, exhibiendo fotos de ambos y dejando también inscripciones amenazantes en las paredes.
La familia realizó innumerables gestiones para dar con el paradero de Gemetro sin ningún tipo de respuesta positiva por parte de los organismos oficiales, hasta que finalmente su nombre salió publicado en las noticias periodísticas de la época como abatido en un supuesto enfrentamiento entre subversivos y fuerzas legales.
El secuestro de Luis Maria Gemetro se encuentra probado por las declaraciones en juicio de Liliana Franchi y Florencia Gemetro.
Además, las incorporadas por lectura de Maria Ángela Angulo de Gemetro, Héctor Tula y José Maria De Luca quienes dieron cuenta de las circunstancias en que se produjo el secuestro, como así también de los allanamientos y los robos producidos en el domicilio de Gemetro.

También se ha incorporado por lectura la siguiente documental:

- el legajo Conadep 6899, SDH nro. 768, y Redefa nro. 964 pertenecientes a Luis Maria Gemetro donde obran constancias de las gestiones realizadas por la familia en el Ministerio del Interior para dar con el paradero de la víctima.
- legajo de prueba nro. 511 de causa 450, caratulado “Gemetro, Luis María”, el cual ha sido recibido por el Tribunal en el marco de la presente juicio.
- y el habeas corpus 13.110 iniciado con fecha 14 de febrero de 1977, esto es tres días después del secuestro de Luis por su madre.

Asimismo, por las pruebas producidas durante el debate, se ha acreditado que LUIS ALBERTO FABBRI alias “el zorro” fue privado de su libertad el día 19 de abril de 1977 en las inmediaciones de la estación de trenes de La Lucila, Provincia de Buenos Aires.
Elisa Fabbri, hermana de Luis, relató que la víctima era oriunda de Córdoba y había venido a Buenos Aires huyendo de la persecución que sufría en esa provincia. La familia lo visitó por última vez en febrero de 1977, y en abril de ese mismo año se cortó la comunicación que mantenían. A raíz de ello llamaron a un primo que vivía en Buenos Aires y éste fue hasta la casa donde él vivía con su compañera Elena Alfaro, pero ya no lo encontró allí. No volvieron a tener noticias de Luis hasta que apareció noticia en los diarios que daba cuenta de su muerte.
Asimismo prestó declaración testimonial Mirta Iriondo, quien fue secuestrada junto a Fabbri. La testigo relató que ese día se había dirigido junto al nombrado a la estación de La Lucila a encontrarse con un amigo de Luis, cuando un grupo de personas armadas vestidas de civil y con armas, en al menos dos automóviles, los secuestró y trasladó al “Vesubio”.
De manera coincidente Elena Alfaro, dijo que Fabbri había salido esa tarde con Mirta Iriondo a una cita, para tratar de encontrarle una casa donde alojarse. Esa cita era una trampa y allí los secuestraron a ambos. Relató que luego la fueron a buscar a ella diciéndole que tenían secuestrado a su compañero.

El hecho también se encuentra probado por la declaración de Luis Serafin Fabbri, padre de la víctima, prestada el 20 de diciembre de 1982 en el legajo de prueba 363 de causa 450, incorporado por lectura, quien denunció el secuestro de su hijo.

La siguiente documental también acredita el hecho:

- Legajo Conadep 6631 donde obra la ficha de denuncia, presentación en familiares de desaparecidos y detenidos por razones politicas, y otras constancias-

- Expediente 41.804 “Anexo F” Zieschank Claudio Manfredo y otros s/ habeas corpus.”

- Posee especial relevancia en este hecho el informe remitido por la Comisión Provincial por la Memoria de la provincia de Buenos Aires, quien tiene bajo su custodia los archivos de la ex - DIPPBA donde obra la copia de una orden del Comando Z 1, a cargo del General Montes del Comando del Cuerpo 1 del Ejercito de febrero de 1977 cuyo objeto es ubicar y detener a Luis Fabbri, (a) “Zorro” -entre otras personas- militante de OCPO por requerimiento del GT 4. Entre los antecedentes sociales la ficha describe que Fabbri es militante de Organización Comunista Poder Obrero –OPCO- (Brigadas Rojas).

Del mismo modo, se ha podido probar que el matrimonio compuesto por CATALINA JULIANA OVIEDO alias la “Flaca o Nora” y DANIEL JESÚS CIUFFO, alias “Santiago” fueron privados de su libertad el día 20 de abril de 1977. Ese día por la mañana, Daniel Ciuffo salió de su casa sita en Castelar, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, con destino a esta ciudad y no regresó a su hogar. Por la tarde un grupo de personas esperó en el domicilio del matrimonio la llegada de su esposa. Cuando Catalina Oviedo regresó fue apresada inmediatamente.
Dicho extremo ha sido corroborado por la declaración de Rosario Aciar, esposa de Mario Sgroi, quien relató que su marido la había llevado a vivir a una quinta en Morón junto a un matrimonio -cuyos nombres completos desconocía-, pero que a ella le decían la “flaca”. Refirió que mientras vivía oculta en ese lugar, el 20 de abril de 1977, ingresaron en la casa personas desconocidas que parecían militares, fuertemente armadas, quienes la mantuvieron cautiva, la interrogaron, la torturaron y esperaron durante seis horas la llegada de “la flaca”, quien al retornar a su domicilio fue capturada y torturada en ese mismo lugar. Relató que luego a esta chica se la llevaron. Agregó que primero lo habían agarrado al marido, y éste dio el domicilio donde vivían en Morón. La testigo pudo saber que se trataba de esa localidad, ya que después de que se llevaron a la chica, ella fue dejada en libertad y se dirigió a la estación de Morón para tomar el tren hasta la casa de sus suegros.

- Estas circunstancias resultan plenamente coincidentes con los relatos de los familiares de las víctimas que obran el legajo Conadep nro. 3370 y los legajos Redefa nros. 1159 y 506, correspondientes a Daniel Jesús Ciuffo y Catalina Oviedo de Ciuffo respectivamente.
- Se cuenta además con Legajo de prueba 645 de causa 450 perteneciente a Daniel Ciuffo y Catalina Oviedo de Ciuffo.


Asimismo ha sido acreditado que Luis Eduardo De Cristófaro, María Cristina Bernat y Julián Bernat, fueron privados de su libertad el 16 de mayo de 1977 por la madrugada, en su domicilio sito en la calle Miralla 1310 de esta ciudad.
Según relató en el debate Mónica Bernat -hermana de Julián y de Maria Cristina- y quien para esa época contaba con 15 años de edad, esa noche mientras todos descansaban, irrumpieron en su casa “militares” y procedieron a capturar a sus hermanos y a su cuñado Luis De Cristófaro. Pese a los pedidos de Luis para que no llevaran a su esposa, Maria Cristina, los secuestradores amenazaron con llevarse también al hijo de ambos de seis meses de edad. Relató que en esas circunstancias, Maria Cristina se soltó de su madre quien la mantenía agarrada para evitar que se la llevaran y accedió a ir con los captores si dejaban al bebé en la casa. Los tres fueron sacados de allí con capuchas en su rostro, ropa de dormir y descalzos.

El hecho se encuentra probado además por las declaraciones en juicio de:
- Dora Castrillón de De Cristófaro y Leonardo De Cristófaro.

Y por la siguiente prueba documental:

- Legajo Redefa nro. 603 perteneciente a Luis Eduardo De Cristofaro donde obra la partida de defunción, pago del derecho de cementerio, y recortes periodísticos de la época.
- causa nro. 198 caratulada “Castrillón de De Cristófaro, Dora interpone recurso de hábeas corpus a favor de Luis Eduardo Cristófaro y Maria Cristina Bernat” la que tramitó ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal nro. 5.

Igualmente, se ha podido establecer que Claudio Julio Giombini, alias “Felipe” fue privado de su libertad y conducido al “Vesubio”. Si bien se desconocen las circunstancias concretas del secuestro, según relató su hermano Juan José Giombini en este juicio, en dos oportunidades durante el año 1976, grupos de tareas habían ido a buscar a Claudio a la casa materna. En este sentido, el testigo mencionó que en el segundo semestre del año 76 allanaron violentamente la casa de la madre y en septiembre la casa de su tío -Julio Moser-, y que ambos familiares fueron maltratados por personas que dijeron pertenecer a fuerzas conjuntas. En dichos operativos dijeron que buscaban a Claudio, su hermano, el más chico de la familia.

Se suma a lo expuesto el informe correspondiente a los archivos de la ex - DIPPBA que confrontado con el resto de las pruebas adquiere especial relevancia.

- En la ficha de la víctima correspondiente al mencionado archivo, obra el pedido de búsqueda y captura de Claudio Giombini, fechado el 3 de abril de 1977 por orden de la Central de Reunión (GT 4) adjuntándose los antecedentes de la víctima, el que además fue firmado por el General Montes del Comando del Cuerpo 1 del Ejercito. Entre los datos filiatorios y morfológicos se incluye en esta orden de captura, los apodos –entre ellos “Felipe”- y la pertenencia a su grupo de militancia “integrante de las Brigadas Rojas de la Organización Comunista Poder Obrero (OCPO)”.


Ha sido probado también en este juicio que ELISABETH KÄSEMANN, alias “Cristina” de nacionalidad alemana, fue secuestrada a principios de marzo de 1977 y trasladada a un centro clandestino de detención de esta ciudad donde fue torturada y mantenida en cautiverio. Luego fue llevada al “Vesubio”.
Ello ha sido acreditado por el testimonio prestado por su amiga, la pastora Diana Houstin Austin durante el debate, quien relató que el martes 8 de marzo de 1977 se iba a encontrar con Elisabeth para desayunar antes de ir al trabajo, pero nunca llegó. Relató que el viernes de esa misma semana, un grupo de personas desconocidas armadas ingresó a su casa, haciéndole preguntas sobre Elisabeth y la secuestraron a ella también. La llevaron a un centro clandestino de detención (que luego supo que tal vez pudo haber sido “el infierno”), le colocaron grilletes, le dieron una letra y un número y la interrogaron con golpes y amenazas. Durante el tiempo que duró el interrogatorio, comprobó que Elisabeth estaba en ese lugar ya que los interrogadores le preguntaban cosas que sólo la nombrada sabía y corroboraban las respuestas que iban obteniendo. En este sentido, refirió, que no le cabía la menor duda de que la víctima estaba allí y que siempre pensó que los gritos de tortura que escuchaba en ese lugar eran de Elisabeth, aunque también había gritos de otras personas. Al día siguiente, dijo que ella fue sacada del centro por una persona que se hacía llamar “Capitán” y llevada a su departamento donde permaneció vigilada hasta que salió del país en mayo de ese mismo año.

El hecho se encuentra acreditado por la declaración mencionada, y por la siguiente prueba:

- Declaración prestada en el juicio por Osvaldo Bayer
- declaración testimonial de Ernest Käsemann, padre de Elisabeth, en el Juzgado de Primera Instancia de Nuremberg (Nürnberg) de fecha 20 de junio de 1977 cuya traducción obra agregada al legajo de instrucción suplementaria.
- documental titulado “Elisabeth” exhibido en la audiencia, referido a la víctima.
- Documentación remitida por la Fiscalía del Tribunal regional de Tübingen República Federal de Alemania donde obran constancias de las investigaciones realizadas en relación al homicidio de Elisabeth


Del mismo modo, se ha podido probar que Rodolfo Goldín, alias “Pelado” fue privado de su libertad el día 20 o 21 de abril de 1977 y que esa misma noche se realizó un operativo de gran magnitud en su domicilio en Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, donde vivía junto a su mujer Lucia Esther Molina –quien estaba embarazada- y el hijo de ella Santiago Nicolia.
Acredita lo expuesto la declaración incorporada por lectura de Irma Ramacciotti de Molina –madre de Lucía- quien oportunamente refirió que Goldín vivía junto a su hija en una casa en Villa Ballester. Durante mayo de 1977, y a raíz de un llamado de la madre de Rodolfo que le informó lo sucedido, viajó a Buenos Aires y se dirigió a la casa de ellos encontrándola totalmente destruida y clausurada. Manifestó que una vecina le contó que entre la noche del 20 o 21 de abril a las cuatro de la madrugada escuchó un tiroteo en la casa y que luego un coronel le golpeó la puerta y le entregó al hijo de Lucía para que lo tuviera. Posteriormente la vecina entregó al niño a la policía, siendo finalmente recuperado por su abuela. Agregó que en otra oportunidad que viajó a Buenos Aires fue a la casa de su hija y encontró en el jardín unos zapatos que pertenecían a Lucía. Sobre ello una vecina le comentó que luego del tiroteo escuchó una ambulancia y una persona que gritaba “mis piernas” como quejándose del dolor.
También da cuenta del hecho, el testimonio prestado en esta audiencia por Jose Aron Goldín -hermano de la víctima-, quien relató que tomó conocimiento del secuestro porque para esa fecha se presentaron en su domicilio personas desconocidas, que le dijeron a la empleada de limpieza que cuando llegara Goldín debía dirigirse a la comisaria de Villa Ballester a retirar el hijo de Lucia Molina. Una vez allí, fue interrogado por el comisario y por un miembro del Ejército acerca de su parentesco con las víctimas y sus ocupaciones. Como no tenía parentesco directo con el niño, no le fue entregado, pero refirió que sabía que posteriormente Santiago fue recuperado por su abuela materna. Cuando pudo ubicar la casa de su hermano –a la cual se había mudado hacia pocos días- pudo enterarse que allí había habido un operativo, observando balazos en las ventanas, y por los comentarios de los vecinos que decían que había habido un enfrentamiento.
También Mirta Iriondo, refirió que el día que llevaron a Goldín al Vesubio los secuestradores le dijeron que habían ido a su casa y que habían herido o matado a su mujer.
Tanto Lucía Molina, como el hijo que llevaba en su vientre permanecen desaparecidos. Santiago Nicolía fue enviado a la Casa Cuna de La Plata y finalmente pudo ser recuperado por su abuela materna.

El secuestro de Rodolfo Goldín se encuentra probado, además por la siguiente documental:

- Legajo Conadep nro.7302 y Redefa 337 en el que obra copia certificada del habeas corpus presentado por José Goldín el 3 de mayo de 1977 a favor de su hermano.
- habeas corpus presentados por Irma Ramaccioti de Molina para dar con el paradero de su hija Lucia Molina.

Asimismo, se ha acreditado que Mario Sgroi, alias “José” fue privado de su libertad con posterioridad al 17 de abril de 1977 y permaneció cautivo en el centro clandestino de detención “Vesubio”. Si bien se desconocen las circunstancias exactas de su secuestro, según relató su esposa –Rosario Aciar-, Mario Sgroi la visitó en la casa donde ella vivía con sus hijos en Morón junto con el matrimonio Ciuffo hasta tres días antes del 20 de abril del 77. Según ya se relatará, ese día, en el cual se produjo el secuestro de los Ciuffo, la testigo fue interrogada sobre el domicilio de su esposo, el cual desconocía. Mencionó que a partir de esa fecha nunca más volvió a tener noticias de él hasta la publicación periodística del supuesto enfrentamiento del 24 de mayo de 1977.
Además contamos con la declaración del hijo de la víctima Manuel Ignacio Sgroi.

Y la siguiente documental:
-el Legajo SDH 599 donde la madre de Manuel Sgroi relata los hechos referidos al secuestro de su hijo.

- Como en los hechos de Fabbri y Giombini, adquiere especial significancia el informe de la ex - DIPBA donde obra un requerimiento del Comando de Cuerpo Uno del Ejército de fecha 2 de diciembre de 1976 al Jefe de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, donde se requiere “la ubicación y detención” de Mario Augusto Sgroi y Rosario Inés Aciar. Según este informe ellos serían integrantes de la BDS OCPO (Organización Comunista Poder Obrero). Además, agrega el informe que Mario Augusto Sgroi (a) José se desempeñaría como Responsable Político de la Zona Sur de la Regional Buenos Aires.
Obra agregada a continuación, una nota de fecha 21 de marzo del 77 por la cual se remite a dicho organismo la nómina de integrantes de bandas subversivas en lo que hace a la conducción nacional entre los que figura … “5) Mario Sgroi – NG JOSE, Secretario Regional Bs. As”.

También se ha probado que Silvestre Esteban Andreani fue privado de su libertad el día 11 de abril de 1977, en el estacionamiento donde guardaba su automóvil cercano a su lugar de trabajo en las oficinas de ENTEL sitas en la Av. Corrientes al 2300 de esta ciudad.
Según relató su esposa Sara Fagnani, ella y su marido eran delegados del gremio de telefónicos y estaban siendo perseguidos desde hacía tiempo. Mencionó que ya al comienzo del golpe militar fueron a buscarlos a su trabajo, pero algunos compañeros les avisaron que no fueran porque los estaban esperando, y pudieron escapar. En octubre del año 76, también habían ido a buscarlos a la casa de su suegro y éstos sufrieron simulacros de fusilamiento, golpes y amenazaron con llevarse a su hijo que se encontraba viviendo allí. En febrero del 1977 realizaron un nuevo operativo en la casa de los padres de Esteban. Refirió que dada esta situación ellos vivían en la casa de unos compañeros que los ayudaban y que ellos pudieron haber pertenecido al “MR che” y que para esa época ella estaba embarazada de ocho meses. El 11 de abril de ese año, Esteban concurrió al garaje donde guardaba el auto ya que tenía un comprador y necesitaban el dinero para salir del país porque temían por su seguridad y allí fue capturado.

Luego del secuestro de Esteban, Sara logró exiliarse primero en Brasil, donde arribó el 25 de mayo del 77, naciendo su hijo el 27 de ese mes, y luego en Suecia bajo la protección de Acnur.

El hecho se encuentra probado por la declaración de Sara Fagnini y por las declaraciones incorporadas por lectura de Beatriz Amelia de Jesús.

Asimismo se cuenta con la siguiente prueba documental:

- legajo Conadep 5028 donde obra la denuncia del hecho, constancias de habeas corpus y ficha Conadep.
- habeas corpus nros. 13.613 y 13125 presentados a favor de la víctima por su madre.
- cartas enviadas por la madre de Esteban a Sara Fagnani, donde se describen las gestiones que realizaba y su vinculación con una persona que le prometía que Esteban iba a salir en libertad a la cual nombra como “el doctor”.

Se encuentra igualmente acreditado que Miguel Harasymiw fue secuestrado el 15 de mayo de 1977, junto a su esposa Iris Beatriz Cabral Balmaceda, mientras se encontraban durmiendo con su hija de pocos meses de edad, en su domicilio de la calle Carlos Ortiz 1277, de esta ciudad.
Según relató Dolores Cabral, hermana de Iris y cuñada de Miguel, esa noche se presentaron en el domicilio de las víctimas, personal del Ejército y policías armados que rompieron la puerta de ingreso con bombas, mientras amenazaban a los vecinos para que no se asomaran por la ventana y les exigían bajar las persianas. La testigo refirió que luego de capturarlos se los llevaron encapuchados con una frazada y arrastrando los pies de miedo. Los secuestradores dejaron a la hija del matrimonio, a cargo de una vecina que -luego la entregó a su familia-, y colocaron una faja de clausura en la puerta de ingreso. Cuando ella logró ingresar a la casa observó que estaba todo en desorden, que habían tirado abajo bibliotecas y otros muebles, que había esquirlas de balas en las paredes y faltaban todos los objetos de valor.

Las circunstancias descriptas y el secuestro de Iris Cabral esposa de Miguel Harasymiw se han tenido por probado en la sentencia de la causa 1261-1268 “jefes de área” -hecho nro.164- que tramitó el TOF nro. 5, resultando condenado por este hecho “Bernardo Jose Menéndez”. Allí el tribunal valoró principalmente el testimonio de Dolores Cabral y del vecino del matrimonio de apellido Rivero quien no ha podido ser ubicado para este juicio. En dicha sentencia el tribunal sostuvo: “De igual modo, se escuchó el testimonio de Jorge Edgardo Del Rivero, quien manifestó que alquilaba un local en la calle Carlos Ortiz n° 1.275, que pertenecía al marido de Cabral Balmaceda, Miguel Ángel Harasymiw, …. Un domingo de 1.976 o 1.977, su socio lo fue a ver porque la policía los buscaba en el local. Cuando se presentaron en el lugar, policías que según cree pertenecían a la Comisaría de la zona, les dijeron que se habían llevado a Miguel Ángel y a su señora por ser extremistas pertenecientes al Ejército Revolucionario del Pueblo, … Luego, se enteró por los vecinos que el matrimonio había sido llevado a la casa del fondo, encapuchados, y luego los sacaron y se los llevaron en un camión. Habían puesto una bomba para entrar y la puerta estuvo un tiempo con una cadena porque estaba rota por la explosión…”
Iris Beatriz Cabral Balmaceda, esposa de Miguel permanece desaparecida.

El hecho se encuentra acreditado además de la declaración prestada en esta audiencia por Dolores Cabral, por la siguiente documental:

- legajos Conadep 1016 y 1017 en los que obran la denuncia del hecho, un recorte periodístico de la época; y el habeas corpus 14.091 interpuesto en favor de las víctimas.


Por último, también se ha probado que Nelo Gasparini fue privado de su libertad con posterioridad al 17 de abril de 1977 y conducido al ccd “Vesubio”. Si bien en este caso también se desconocen las circunstancias exactas del secuestro, el hecho se encuentra acreditado, entre otras probanzas, por la declaración en este juicio de su esposa Maria Cristina Tobares quien refirió que Nelo Gasparini –era un dirigente fabril cordobés- que había venido a vivir a Buenos Aires en junio de 1976, huyendo también de la persecución política en Córdoba. Relató que desde el mismo día del golpe militar Nelo fue buscado y perseguido, habiéndose allanado en varias oportunidades la casa materna en Córdoba y que en uno de esos allanamientos la madre sufrió un infarto y falleció. Refirió que la última vez que estuvo con él fue el 17 de abril del año 1977, ese fin de semana ella lo visitó en Buenos Aires y regresó a Córdoba un domingo. El lunes esperó la llamada de Nelo, ya que habían quedado que ese día se comunicaría con ella para saber cómo había llegado, pero nunca llamó. A partir de allí se cortó toda comunicación y dejó de recibir también la llamada semanal que habitualmente Nelo le hacía, lo que despertó su preocupación. Nunca más volvió a tener noticias de su marido. Agregó que Nelo y Luis Fabbri se conocían por las actividades que tenían en común en Córdoba y que a raíz del secuestro de su esposo ella se exilió con su hija en Brasil retornando a la Argentina recién en los años 80.

El hecho asimismo es probado por la siguiente prueba documental:
- legajo Conadep nro. 7543 donde obra la denuncia del hecho y recortes periodísticos de la época.
- notas periodísticas aportadas por la testigo en la audiencia.
- el legajo de prueba 645 de causa nro. 450

Por último debemos destacar que si bien en los casos de Sgroi, Gasparini y Giombini, no se ha podido establecer con exactitud la fecha y circunstancias del secuestro, sí se podido acreditar que los mismos tuvieron lugar en un periodo temporal acotado.
En este sentido sabemos, por prueba producida en este juicio, que el secuestro de Sgroi y Gasparini, tuvo lugar durante la semana posterior al 17 de abril de 1977. En el caso de Sgroi a partir del 16 o 17 de abril de 1977, ya que a partir de esa fecha no visitó más a su esposa e hijos que se encontraban viviendo en la casa del matrimonio Ciuffo; además Elena Alfaro en su declaración refirió que no creía que hubiera llegado al ccd después de su secuestro y el de Fabbri.
Asimismo, a Nelo Gasparini lo vio su esposa por última vez el domingo 17 de abril de ese año y a partir de allí, dejó de comunicarse con su familia. Por último, la fecha en que fue secuestrado Giombini, puede establecerse a partir del momento en que fue visto en el “Vesubio”. Al respecto resulta relevante el testimonio de Mirta Iriondo quien mencionó a entre los cautivos a “Felipe”, y teniendo en cuenta que ella permaneció en el ccd tan solo ocho días a partir el 19 de abril del 77, puede establecerse que en ese periodo Giombini fue secuestrado.
También cabe destacar que Giombini y Sgroi eran militantes de OCPO y Gasparini amigo de Fabbri, con quien coincidía en la militancia gremial de base en Córdoba. Podemos concluir entonces que sus secuestros responden al mismo patrón: la captura de los militantes de OPCO, que tiene lugar en la semana que comenzó el 18 de abril de 1977.
Esta “caída de militantes de Poder Obrero” o dicho lisa y llanamente en el secuestro y tortura de los miembros de la organización OCPO y su traslado al Vesubio ha sido además corroborada por los testimonios de Eduardo Kiernan y Mirta Iriondo, quienes al declarar en este juicio expresaron respectivamente:

“…Cierta tarde se llenó el hotel, con la característica que prácticamente todos los prisioneros que llegaron ahí los mandaron para el lado mío, en el sector ese de cuchas, todo el mundo atrás. Era una organización de izquierda, llamada P.O, partido o algo obrero. El jefe del grupo de ese partido, era un joven cordobés de apellido FABRI, Luis, alias el Zorro. Junto con él llegaron aproximadamente 12 ó 15 personas, algunas mujeres y casi todos hombres. No los pusieron exactamente en las cuchas de los más viejos sino que los mandaron a la cucha de la punta y a Fabri en la punta de todo lo pusieron. Habían agarrado a la organización completa, los mismos guardias iban y decían “los cazamos a todos” y se ufanaban de eso que había ocurrido…”. (kiernan)

Mirta Iriondo explicó: “Empiezo a sentir de nuevo mucho ruido, no lo puedo precisar cuánto tiempo, ahí vienen y dicen que me saquen de la camilla porque necesitan poner a otras personas, ahí me saca la cinta esa, porque veo el lugar, era como si mal no recuerdo pared blanca, … y me sacan afuera ahí nomás a unos pasos había un pasamanos y ahí me esposan. Ahí sentí mucha gente que venía. Escuché voces. La primera voz que escucho es la de Elena, la esposa de Luis, después las voces del Pelado le decían, creo que era Goldín … también escuché las voces de otra personas que conocía, eran unos de chicos de Rosario los conocía de Córdoba, no me acuerdo los nombres, era un chico alto y ella una chica con trenzas. Eran personas que yo podía reconocer debajo de la venda. Tenía mucho frio, había gente… no se cuanta gente,…. empezó a caer gente, sentía voces, llantos…”

También se ha establecido que en una oportunidad, durante el cautiverio, los integrantes de OPCO que habían sido secuestrados en esos días fueron sacados de sus cuchas y llevados todos juntos a una mesa donde se les ordenó escribir sobre sus actividades políticas.

Ello fue corroborado por el testimonio de Iriondo que refirió que “nos llevan a un lugar, que había una mesa grande me hacen levantarme la capucha y ahí veo aparentemente a toda la gente que había sido detenida ese día o al día siguiente, puedo reconocer a Elena, Luís Fabre, el Pelado Goldín, me puedo acordar.. , los de Rosario… Felipe no?…, …después veo a otra gente, que la tengo muy desdibujada, un muchacho robusto no muy alto, una chica rubia y otra gente que yo no conocía …Ahí nos llevan para que redactáramos sobre la actividad política que teníamos, creo que algo de palabras cruce con Luis. Entra una persona, un hombre no me acuerdo lo que dijo. Luego nos llevaron nuevamente a las cuchas…”

Alfaro al respecto también refirió “Un día nos llevaron a todos los que quedamos de poder obrero, a la sala de tortura y ahí nos vimos la cara, estaba a El Gringo GASPARINI que creo que se llamaba NELO GASPARINI, pero le decíamos “el gringo”, yo no lo conocía pero sabía su nombre porque era muy amigo y querido por FABRI. Lo veo a GOLDIN, a los CIUFFO, en fin toda la gente que estaba en relación a OCPO…”

Por último, es necesario aclarar que, más allá de las circunstancias en las que fueron secuestrados, que existe además, plena certeza de que todas las víctimas estuvieron cautivas en el CCD, como ya veremos.

LUIS MARIA GEMETRO se encontraba cautivo en el Vesubio en condiciones inhumanas de vida y da cuenta de ello las declaraciones de Ana Maria Di Salvo y Eduardo Jorge Kiernan, entre otras. Este último refirió que mientras estuvo cautivo en el “Vesubio” sufrió una infección severa en una de sus piernas. A raíz de ello, una noche los captores le dijeron que le habían traído al “médico” y que éste era un chico que era veterinario o a punto de recibirse, siendo su apellido Gemetro y su nombre Luis. Este chico habló con los captores en relación a la infección, de modo tal que Kiernan fue llevado a la “enfermería” y según relató, podría haber sido acostado en la misma cama donde fue torturado y allí Gemetro le realizó un corte o incisión en su pierna para que drenara la secreción, lo desinfectó con alcohol y le recomendó unos antibióticos.

También, Gabriel García, cuyas declaraciones han sido incorporadas por lectura mencionó que en el ccd necesitó atención médica, por los castigos físicos recibidos, y fue atendido por una persona que se decía medico, pero que no aparentaba tal cosa por sus escasos conocimientos. Genoveva Ares, novia de García precisó al declarar, que había una persona que atendió a varios cautivos y que supo por Gabriel García que era Gemetro ya que también lo había atendido a él.

Por otra parte, Luis Maria Gemetro también fue visto en el ccd por Elena Alfaro quien refirió que “Hubo dos varones a los que dejaron repartir comida uno fue GEMETRO que lo conocí así, y él decía que estaba esperando…, estaba súper seguro que lo iban a liberar porque tuvo un poco de militancia en la JUP…, todo el mundo le decía, inclusive los guardias le decían que lo iban a liberar y por eso lo dejaban servir la comida porque posiblemente lo liberaran…”

Del mismo modo está probado que LUIS ALBERTO FABBRI, permaneció cautivo en este el centro clandestino de detención. Resulta por demás elocuente el ya mencionado testimonio de Mirta Iriondo, quien fue secuestrada junto a Fabbri y quien relató que cuando llegaron al ccd tanto ella como Fabbri fueron colocados en unas camillas metálicas y torturados, habiendo podido escuchar los gritos de Luis por la tortura. También relato que el día 28 de abril a la madrugada, fueron levantados de las cuchas, introducidos en un vehículo, y luego en un avión para ser trasladados al centro clandestino de detención “La Perla” ubicado en Córdoba. Iriondo contó que en Córdoba supo que Fabbri fue devuelto a Buenos Aires.

También Elena Alfaro, su compañera, nos refirió que le hicieron presenciar la tortura de LUIS y al mismo tiempo le hacían escuchar a él la tortura que le aplicaban a ella. Relató que después de la sesión de tortura la pusieron en una cama atada en la enfermería, y que pasado un tiempo lo llevaron a él allí, lo ataron a la misma cama y pudieron hablar. Dijo que pudo ver que LUIS estaba destrozado por la tortura, le sangraban las encías y tenía la cara hinchada. Refirió que al cabo de un rato los llevaron a las famosas “cuchas”….y los pusieron a los dos juntos en la misma cucha, en el lugar donde se alojaba a las mujeres, mencionó que después a LUIS lo llevaron al sector de varones hasta su traslado.

Asimismo acreditan este cautiverio el testimonio de Eduardo Kiernan –ya citado- Ana Maria Di Salvo y Gabriel García quienes dieron cuenta que Luis Fabbri se encontraba en el CCD.

DANIEL CIUFFO Y CATALINA OVIEDO DE CIUFFO también permanecieron cautivos en el ccd hasta que fueron asesinados. En este sentido Iriondo recordó que mientras estuvo cautiva pudo ver y reconocer a un matrimonio oriundo de Rosario, a los cuales ella ya conocía de Córdoba. A preguntas del tribunal acerca de si conoció alguna persona de nombre “Santiago” respondió que sí que eran los chicos de Rosario. También mencionó que cuando ella y Fabbri fueron llevados a Córdoba, en el mismo viaje de avión fueron llevados Daniel y Catalina Ciuffo a Rosario.

Alfaro, rememoró haber compartido cautiverio con el matrimonio Ciuffo en el “Vesubio”, a quienes conocía también con anterioridad. Mencionó específicamente a Catalina Ciuffo como una de las cautivas y recordó al igual que Iriondo, que fueron trasladados a Rosario y luego llevados nuevamente al “Vesubio”.

Del mismo modo, Jorge Kiernan relató que otro de los secuestrados que se encontraba en “Vesubio” se llamaba Ciuffo y que éste había sido secuestrado con su esposa de nombre Catalina Oviedo, quien estaba alojada en el sector de cuchas de mujeres. Al referirse a los castigos que impartían los guardias a los cautivos, Kiernan recordó el caso de Daniel Ciuffo –primero lo nombra como Soler Guinar por error y luego se corrige- quien fue obligado a permanecer sentado mientras dejaban caer, 5 o 6 veces seguidas, un caño en su cabeza a la par que le decían “fierrito”. Este tormento le fue aplicado por haber sido encontrado hablando con otro cautivo.

En idéntico sentido Ana Maria Di Salvo también mencionó que se encontraba en el Vesubio Catalina Oviedo junto a su esposo Daniel Ciuffo.

Asimismo, LUIS EDUARDO DE CRISTÓFARO, MARIA CRISTINA BERNAT Y JULIÁN BERNAT también permanecieron cautivos en el centro. Ello se encuentra probado por la declaración de Gabriel García quien mencionó que entre las personas secuestradas en ese lugar se encontraba Luis Eduardo De Cristófaro. En el mismo sentido Genoveva Ares, al momento de prestar declaración recordó que Gabriel quedó muy impactado cuando leyó la noticia publicada en los diarios sobre el supuesto enfrentamiento en Monte Grande, porque esa gente había estado secuestrada con él y lo tenía muy presente cuando vio el titular de los diarios. Entre esas personas con las que había compartido cautiverio Gabriel, Genoveva Ares, mencionó a Eduardo De Cristófaro.

Del mismo modo, Elena Alfaro recordó a Luis De Cristófaro. Mencionó que era uno de los cautivos y que repartió comida, y por ello era una cara más fácil de recordar y que lo vio en el grupo trasladado el 23 de mayo. Relató que escuchó que había una chica que tenía que ver con él, aunque no podía saber si era la esposa o algo así y que estaba en las cuchas, pero no en el lugar donde estaba ella y que por las condiciones de cautiverio no se conocieron, ya que a veces no lograban tomar contacto y verse, pero afirmó que él no estaba solo.

Asimismo el cautiverio de Maria Cristina Bernat y Julián Bernat junto con Luis, por solo 7 días antes de ser asesinados, se encuentran probados a partir de las declaraciones que dan cuenta, en primer lugar, de que las tres víctimas fueron secuestradas en la misma oportunidad y en el mismo operativo. El citado testimonio de Alfaro que da cuenta que De Cristófaro no se encontraba solo en el ccd y por último que las 16 víctimas fueron vistas por ella cuando se las preparaba para el traslado, inmediatamente antes, y tuvieron un mismo destino final. A lo dicho por Alfaro solo debemos agregar que resultaría irrazonable sostener que las personas que secuestraron, mantuvieron en cautiverio y asesinaron a Eduardo De Cristófaro, son distintas de las que intervinieron en el cautiverio y homicidio de su esposa y cuñado siendo que sus cuerpos fueron hallados en el mismo lugar y en idénticas circunstancias, máxime considerando el breve lapso que medió entre la captura y el asesinato.

Se ha probado que CLAUDIO JULIO GIOMBINI, también permaneció cautivo en el ccd. De ello dan cuenta las declaraciones de Gabriel García, quien manifestó que entre las personas que pudo ver en el ccd se encontraba Claudio Gombini o Gimbini. En su oportunidad relató que presenció una feroz golpiza que le aplicaron a Giombini, quien fue apaleado durante unos cuarenta minutos. Mencionó además que fue una de las víctimas del enfrentamiento producido en Monte Grande.

También Mirta Iriondo durante la audiencia recordó a “Felipe” mientras intentaba acordarse del nombre del matrimonio Ciuffo, en la mesa en que reunieron a todos los militantes de OPCO. Cabe destacar que su apodo también consta en su relato realizado ante Conadep que fue incorporado por lectura en la audiencia.

Por último Elena Alfaro mencionó a Claudio Giombini entre el grupo de cautivos que fue trasladado el 23 de mayo.

Sobre ELISABETH KÄSEMANN tampoco existe duda de su paso por el centro clandestino. Elena Alfaro, recordó que vio a Elisabeth en el Vesubio. Relató que “le decíamos Cristina, estaba muy flaca y deteriorada, y venia también del “Infierno”, era muy amiga, yo lo vi a LUIS llorar porque ella cayó. Nosotros estábamos en libertad cuando a ella la secuestraron y cuando la vi, que la traían de otro campo, que estaba viva, al tener la oportunidad de contactarlo a LUIS o avisarle, le dije que Cristina estaba en Vesubio. Una vez los dejaron verse y pudieron saludarse. Estaba muy deteriorada físicamente, estaba muy flaca y muy delgada. Y recuerdo que en Vesubio no eran las mejores condiciones de comida y se la veía desesperada comiendo, realmente había pasado necesidades atroces.”
En el mismo sentido Ana Maria Di Salvo, mencionó que entre las personas cautivas se encontraba en una cucha junto a otras jóvenes, una chica que le decían “la alemana” y que en el “Vesubio supo que se llamaba Elisabeth Käsemann. Refirió que ella venía de otro campo de concentración, que estaba muy flaquita dando la sensación de estar muy débil, tenía unos bracitos pequeños que se veían a través de una remerita rayada y que ella le regaló un saquito rojo cuando iba a ser liberada. También recordó que Elisabeth hablaba castellano y le dio la dirección de su casa en Alemania para que se comunicara con su padre, aunque esa dirección se la dijo en alemán y por lo tanto le fue muy difícil fijarla en su memoria, olvidándola y por ello no pudo contactarse con su familia.
También Eduardo Kiernan recordó que sobre el final de su cautiverio fue llevada al centro Elisabeth Käsemann y Gabriel García. Éste último mencionó a Elisabeth o Cristina Käsemann como una de las víctimas de Monte Grande.

Rodolfo Goldín permaneció cautivo en ese ccd. Resulta elocuente el testimonio de Mirta Iriondo quien relató que mientras se encontraba en “la enfermería” del Vesubio, comienzo a llegar gente que ella conocía, la primera que escuchó fue a Elena la esposa de Fabbri, y después oyó la voz del “Pelado” que era Goldín” al que conocía de Córdoba. Refirió que lo torturaron en una de las camillas, no sabe por cuánto tiempo, y que se soltaba.
Relató que en un determinado momento vino gente de la patota y le dijo que habían ido a la casa y que habían herido o matado a su mujer embarazada…. Goldín en esos momentos gritaba, lloraba, y éstos le pegaban….”

Elena Alfaro mencionó que ella estuvo varios días en la sala de tortura, antes de ser llevada a las cuchas, y que en ese lugar escuchó los gritos y la voz de GOLDIN “el pelado” y que luego pudo verlo y hablar con él ya que lo conocía y también a su Sra. Lucía –que le decían Claudia- desde antes de entrar al centro. Relató que cuando todos los integrantes de OCPO fueron reunidos en la enfermería, Goldín preguntó a sus captores por Lucía, y éstos le dijeron que estaba en el hospital porque estaba herida en una pierna. Expresó: “Nadie, ninguno de nosotros lo creímos porque el Pelado se puso a llorar…y la verdad me impresionó mucho verlo en esa situación. Todos estábamos golpeados, sucios, muertos de hambre, y me había impresionado mucho las lágrimas del pelado porque había comprendido … porque no les había creído que su mujer estaba herida y en el hospital”.
Por último, también Gabriel García refirió que creía haber escuchado nombrar a Rodolfo Goldín dentro del “Vesubio”.

MIGUEL HARASYMIW también permaneció cautivo en ese centro clandestino, tan solo 8 días antes de ser asesinado. Alfaro recordó que las 16 personas que fueron asesinadas en Monte Grande estuvieron en la cocina con ella, antes de ser trasladas.

Relató que primero los llamaron por una lista por los números que tenían, y luego dieron los nombres para ver si estaban todos y que los 16 pertenecían a esos nombres, expresó “yo escuché los nombres”.
Agregó que les vio las caras a todos -a algunos los veía por primera vez en esa oportunidad, los que no eran de OCPO-, y sin lugar a dudas agregó “a todos ellos los vi el 23 de mayo”. En otro pasaje de su declaración mencionó que ya fuera de Vesubio pudo leer las noticias de periódicos acerca de Monte Grande y dijo “… ahí me di cuenta que todos los que estaban el 23 de mayo figuraban en el enfrentamiento supuesto…”.
Tampoco resulta extraño que Miguel Harasymiw haya sido asesinado ese 23 de mayo luego de estar cautivo solo una semana. Recordemos que Alfaro también mencionó que DURAN SAENZ decía que los del P.R.T. eran totalmente irrecuperables, y salvo alguno que pudo esconder su identidad política como PRT, todos fueron asesinados o desaparecidos. Relató que esa fue la consigna típica del período del Vesubio, dicho y arengado por DURAN SAENZ. El simpatizante o militante o del PRT - ERP, no se salvaría, porque eran irrecuperables para la sociedad. Expresó Alfaro “la gente del PRT no duraron mucho…”. Recordemos que los secuestradores identificaron a la víctima con esa organización, tanto en el momento de capturarla como en el comunicado en el cual pretendieron disimular el asesinato como un enfrentamiento.

La aparición del cuerpo de Harasymiw junto con los demás cautivos del Vesubio que fueron “trasladados” el 23/5/77 refuerza la convicción que merece el testimonio de Alfaro, acerca de su permanencia en ese CCD.

Mario Sgroi, también permaneció cautivo en el ccd. En este caso contamos con el testimonio de Elena Alfaro, quien manifestó haber visto a MARIO SGROY. Relató que lo conoció en la cocina del ccd el 23 de mayo, en ese momento no recordaba el nombre, pero refirió que después reconoció su nombre con los demás, con los 17 que estaban con ella en la cocina ya que estuvieron un rato largo ahí y se pudieron levantar las capuchas. Agregó que si bien no estaba segura era posible que Mario Sgroi haya estado en la enfermería en el periodo de torturas de los integrantes de Ocpo en el cual se escuchaban los gemidos y los gritos.

También se encuentra acreditado que Silvestre Esteban Andreani, permaneció cautivo en el “Vesubio”. Alfaro refirió que tuvo oportunidad de hablar bastante con Andreani porque conocía a su familia con anterioridad al secuestro y a él de nombre. Refirió que Andreani tenía un hermano preso en la U9 de la Plata y por tal motivo su mamá era muy activa en la comisión de solidaridad por los presos políticos. Así se conocían y ésta le había hecho referencia a su otro hijo, Esteban Andreani, sabiendo que era el hijo de “Pachuca”, el que estaba libre. Detalló que al ver a Esteban en El Vesubio le comentó eso, y él le habló y le contó algunas cosas; y como ella vomitaba todo el tiempo en el periodo que tuvo problemas por el embarazo, él decía “compañera, tenés que comer”, pero cada vez que comía lo vomitaba. Agregó “…él tenía mucha solidaridad conmigo; me contó, me dijo “vos sabes que mi compañera también está embarazada debe estar por tener familia dentro de poco y no sé que habrá pasado con ella, espero no verla nunca acá…”. Durante la audiencia se le exhibió a Elena Alfaro la foto de la víctima y reconoció a Andreani, sin ninguna duda, lo que despeja cualquier incertidumbre acerca de la identidad de la víctima entre quien fue visto secuestrado en el CCD con quien fue asesinado en Monte Grande.

Como corolario puede mencionarse que entre las cartas que intercambiaba Sara Fagnani con su suegra, aportadas al juicio durante su declaración en el mes de octubre y que se hallan incorporadas por lectura, puede leerse en la firma “Patuca” apodo similar al mencionado 34 años después por Alfaro.

También Gabriel García, expresó que vio cautivo en el CCD a Esteban Andriani en la celda nro 3, y que tenía una herida en su pierna, confiándole Andriani que lo habían herido así durante los interrogatorios.

Por último, Nelo Gasparini, también permaneció cautivo en el Vesubio, donde fue visto por Elena Alfaro, quien refirió que compartió cautiverio con “El Gringo” GASPARINI, creyendo que su nombre era NELO GASPARINI, aunque le decían “el gringo”. Ella no lo conocía personalmente pero sí sabía su nombre porque era amigo de FABRI. Refirió que: “yo nunca pude hablar directamente en el Vesubio con él, en el momento que lo vi, además que lo conocía porque él era muy amigo de Luis, eran muy queridos amigos. Además de su militancia, conocía algunas anécdotas fuera del campo, por ser amigo de Luis… en ese momento que nos llevaron a todos a la sala de tortura a todos del grupo del Poder Obrero, por primera vez le vi la cara ahí, por primera vez le veía la cara ahí, y después cuando yo veía a Luís me hablaba que estaban bien, que estaban resistiendo…” Agrego que pudo observar las heridas que Gasparini tenía a causa de la tortura.

En suma, lo relatado anteriormente por los familiares y sobrevivientes en relación al secuestro y cautiverio de las víctimas dentro del ccd son suficientes para desvirtuar por completo la versión oficial del hecho.


III.- Preparación:

Ello es así porque también se ha probado que este grupo de víctimas fueron seleccionados y luego asesinados en un operativo especialmente montado para ello, planeado y ejecutado como final de una secuencia que comenzó con el secuestro, la tortura para extraer información, luego el cautiverio y finalmente el asesinato en condiciones de extrema indefensión.

En la reconstrucción de cómo se fueron sucediendo los hechos, posee especial relevancia el testimonio Eduardo Kiernan. Al momento de prestar declaración relató que cierto mediodía, llegó un oficial junto con otras personas, -dijo que creía que era un oficial porque no estaba dentro de las guardias ni en la jefatura-, diciendo que traía una lista de personas que pasarían al PEN para que se los juzgue. Expresó que en el ccd, todos anhelaban pasar al PEN porque ello significaba que te mandaban a la cárcel. Ese oficial dijo que no los iban a mandar con la ropa que tenían porque parecían pordioseros, y que por ese motivo les iban a dar ropa. También el oficial les mencionó que se iba a realizar una conferencia de prensa en la que debían declararse culpables y luego los llevarían al PEN para que se decidiera qué hacer con ellos. A medida que el oficial nombraba a los cautivos, éstos tenían que ir diciendo talle de pantalón, camisa, calzado, etc. Relató que entre estas personas estaban los miembros de Poder Obrero y había otros que no eran de esa agrupación pero estaban nombrados para la famosa conferencia de prensa.
También recordó que “esta gente se dio media vuelta empezó a caminar por el pasillo retrocediendo hacia la cocina y el preso que estaba al lado, se sacó la capucha, se dio media vuelta y me hizo el famoso gesto de les van a cortar la cabeza a todos. A partir de ese momento, Fabbri, el zorro, no nos hizo más de comer (-como siempre bromeaban-) y no volvió a hablar una sola palabra más hasta que yo me fui …”.

Coincidentemente con lo expuesto por Kiernan, Alfaro recordó que más o menos para el 18 de mayo, la dejaron ver a Luis Fabbri y que pudieron conversar. En esa oportunidad, Fabbri le contó que les habían tomado medidas de ropa a todos, que se habían fijado si las heridas estaban cicatrizadas y le dijo que lo estaban preparando para un traslado. Agregó que “…ese día me preparó mejor, aunque yo no quise entenderlo, porque me dijo “quizás nos trasladen, nos lleven a un lugar mejor, a un lugar de recuperación nos dijeron”… Agregó “…yo creo que él ya lo sabía…”

Mirta Iriondo, recordó durante su declaración que estando ya cautiva en el ccd La Perla de Córdoba, no recordaba bien la fecha pero creía que antes del 29 de mayo, escuchó por la radio que tenían los gendarmes, que habían matado en un enfrentamiento a militantes de Poder Obrero y entre esas personas se encontraban Luis Fabbri y Goldin. Explicó que unos días antes que esto ocurriera, los represores le dijeron que la iban a trasladar a Buenos Aires, “porque la estaban pidiendo de allí” y que esto no ocurrió porque una enfermera pidió por favor a los represores de La Perla que no la trasladen porque necesitaba que alguien la ayude. Agregó “fue así que permanecí un año y medio en La Perla…”

IV.- Reunión:

Se ha podido establecer durante este juicio, que antes de ser asesinadas, las víctimas fueron reunidas primero en la cocina y luego llevadas a la Jefatura de Vesubio y que ello aconteció el 23 de mayo por la noche. Alfaro relató que: “…Bueno, llega el 23 de mayo y nos van llamando de a uno por uno. De las mujeres que recuerdo, los nombres de ELIZABET; CIUFFO CATALINA...y nos llevan a todos a la cocina, y estamos un rato ahí, atados con una capucha y ahí nos dejaron y nos vimos todos, y nos decían que nos trasladaban, tuvimos un buen momento, podíamos murmurarnos cosas y nos podíamos levantar la capucha, y los vi a todos y nos dábamos aliento. Vi a todo el grupo, estábamos todos, éramos 17…”

Continuó su relato expresando que en un momento se abrió la puerta, ellos se bajaron la capucha y uno grita: “o 8- vuelve a las cuchas”. Aclaró que “o 8” era su letra y número por lo que fue sacada de ese grupo y llevada nuevamente a las cuchas.

Contó que por las informaciones que posteriormente le proporcionó Marta Brea – quien en ese momento realizaba tareas de limpieza– todo el grupo fue llevado a Jefatura, allí les habían cambiado las ropas y que ella tuvo que quemar las que dejaron en la estufa-hogar que había en la jefatura. También le dijo que había habido una conversación entre el Jefe del Campo y el responsable del GT4. En este sentido, Brea le contó a Elena Alfaro que hubo una discusión en la cual DURAN SAENZ le preguntó al responsable del GT4 por ella –que era la única embarazada del grupo- y ellos le dijeron que “esta es un paquete” que no tenía militancia, pero tenían la orden de trasladarla con el grupo. Entonces Duran SAENZ les dijo “bueno, déjemela, porque los hijos no tienen la culpa, por lo tanto déjemela a mí que yo la mato cuando tenga familia”. Es decir que había que esperar hasta Noviembre, eso se lo cuenta Marta BREA y por ese motivo Alfaro fue sacada del grupo.

V.- Homicidio -no enfrentamiento – y la ocultación de la verdad

El propio Comando del Primer Cuerpo del Ejército reconoce el hecho y la muerte de las 16 víctimas en manos de las “fuerzas legales”, publicando una serie de comunicados que comenzaron a informarse en la edición vespertina del Diario “La Razón” del mismo 24 mayo y posteriormente se dio a conocer una lista con los nombres de los “abatidos”, aunque describiendo circunstancias muy diferentes a las que verdaderamente ocurrieron.

Así, el Ejército intentó presentar los hechos como “un enfrentamiento” entre fuerzas conjuntas y subversivos de varias organizaciones -que se hallaban reunidos en una casa en Monte Grande para conformar un frente común guerrillero-. Según la versión oficial, los subversivos al percatarse de la presencia de las fuerzas legales abrieron fuego desde un automóvil que se hallaba estacionado en la casa, ante lo cual se repelió dicha agresión y luego continuó el tiroteo con los “guerrilleros” que estaban dentro de la casa, resultando muertos los 16 subversivos, y heridos 2 soldados del ejército y un policía.

La noticia periodística publicada en Clarín del 2 de junio de 1977 que fue remitida con el oficio de fs. 219 del legajo de instrucción suplementaria, expresa: “Un comunicado del Comando Zona 1 del Ejército emitido ayer, reveló que la reunión extremista que se realizaba el 24 de mayo del corriente en un chalet de Monte Grande donde irrumpieron las fuerzas de seguridad había sido convocada por las bandas de delincuentes subversivos autodenominados Opco y Fal 22 unificadas desde principios de mes (mayo) con la finalidad de proponer a las bandas PRT-ERP y MONTONEROS, la constitución de un frente común desde el que operaría con una misma denominación. En aquella oportunidad, como se recordará se registró un tiroteo durante el cual fueron abatidos 16 extremistas que estaban reunidos en el interior del chalet –junto con algunos otros que lograron fugar- y ocupaban un automóvil frente al inmueble actuando como campana. Señala el comunicado militar que entre los delincuentes subversivos abatidos se encuentran varios integrantes del más alto nivel de conducción de la banda Opco”. También consigna el comunicado los nombres de los extremistas muertos y que ya han sido identificados, así como la organización a la que pertenecían y cargo en el que se desempeñaba cada uno de ellos....”
A continuación en la noticia periodística se consigna el nombre de cada una de las víctimas que son objeto de imputación a los acusados en este juicio.

Esta información, publicada por los diarios de mayor circulación, no resulta creíble. Los testimonios de familiares y sobrevivientes anteriormente referidos, que se encuentran además ampliamente corroborados por la prueba documental incorporada a esta causa, desacreditan por completo esa versión. Por el contrario se ha corroborado que cada una de las víctimas se encontraba secuestrada y cautiva en el Vesubio con anterioridad al hecho, como así también se ha probado su traslado del Vesubio el 23 de mayo por la noche y que fueron muertas mediante disparos de arma de fuego en estado de completa indefensión, lo que aconteció la madrugada del 24 de mayo de 1977.

Esta situación basta por sí misma para descartar la versión de los hechos dada por el Ejército y reconocer un escenario montado por las fuerzas de la represión ilegal para justificar las muertes de secuestrados bajo su poder.

El hecho de que la víctima se encontrara secuestrada al momento de su muerte, ha sido uno de los criterios sostenido en causa 13 para probar homicidios en manos del ejército. Así, por ejemplo, en los hechos nro. 183 correspondiente a Norberto Gómez, nro. 426 de Selma de Carmen Monpardo y nro. 135 correspondiente a Maria Cristina Marquez la Cámara Federal sostuvo:
“...se ha probado que la agresión que provocó la muerte de la víctima fue llevada a cabo mientras esta se encontraba en estado de total indefensión. En efecto las diversas probanzas colectadas en autos concordantes entre sí resultan suficientes para concluir de tal manera ante la magnitud de su valor convictivo. a.-) La prueba testimonial reseñada más arriba es concluyente en el sentido de que Gómez se encontraba aprehendido por parte de personal de la Policía Federal y Fuerzas Armadas hasta el día 27 de enero de 1977. b) En ningún momento, desde esta última fecha hasta su fallecimiento, fue visto en libertad por sus parientes más cercanos, tal es el caso de su padre quien, no volvió a ver a su hijo ni ha tenido noticias de él, según se ha dicho…”.
En el segundo de los casos citados se estableció “…La agresión que provocó la muerte de Selva del Carmen Mopardo fue llevada a cabo mientras ésta se encontraba en total indefensión. En efecto, analizando el expediente del tribunal militar, se desprende que si Mopardo se encontraba alojada por esa fecha en un centro clandestino de detención, mal pudo haber portado las armas que se secuestran, así como tener en su poder los panfletos de corte subversivos. Todo esto lleva a la conclusión que la víctima fue llevada desde su lugar de detención hasta la zona donde ocurrió el hecho…”
Por último en el hecho 134, Maria Cristina Márquez, se sostuvo: “Está probado que a María Cristina Márquez se la mantuvo clandestinamente en cautiverio … y el cadáver de María Cristina Márquez fue hallado el día 17 de octubre de 1976, en la localidad de "Los Surgentes", Provincia de Córdoba, e inhumado clandestinamente en el cementerio de San Vicente … De todo lo expuesto, se induce que ello se produjo merced al accionar de personal de las Fuerzas Armadas o de Seguridad subordinadas operacionalmente al Tercer Cuerpo de Ejército, prevaleciéndose sus autores del total estado de indefensión de la víctima, que previamente se hallaba detenida sin que elemento alguno de juicio ponga en duda que esto haya sido así; lo que sumado a la circunstancia de que otras personas corrieran similar suerte sin motivo alguno que lo justifique, conforman un cuadro probatorio que no deja dudas sobre este hecho.

Pero además de ello, existen otros elementos que prueban en forma cierta que se trató de un homicidio y no como se ha intentado sostener, un enfrentamiento.
a) Falta de expedientes referidos al hecho.
En primer lugar cabe destacar que ni el Comando de la Zona 1, la sub –zona o el área documentaron en ningún expediente militar o judicial los hechos tal como fueran descriptos por el ejército.
Según la prueba producida durante el debate, correspondía al área a través de su jefe realizar las actuaciones correspondientes. Además de lo expresado en relación a las directivas y reglamentos militares- ello se ve corroborado en virtud de las declaraciones incorporadas por lectura de Serafín Mauricio Schetopalek y Bruno Trevisan, quienes expresaron que frente a un hecho “delictivo relacionado con la subversión” las unidades policiales debían comunicar al área correspondiente, quien era la que se avocaba al procedimiento y que en ese año era el Regimiento de Infantería nro. III “La Tablada” o el Regimiento de Arsenales “Viejo Bueno”.
En el mismo sentido Raúl Bianchi, oficial de policía, luego de que se le leyera su declaración del 17 de febrero de 1982 del legajo de prueba 363 de causa 450 a solicitud de la fiscalía, manifestó que no recordaba si se habían realizado actuaciones pero que en todo caso, el comisario o jefe de la dependencia, eran los encargados de ello y por alguna vía llegaban al Primer Cuerpo o al Regimiento de Tablada”. (Mención aparte merece las contradicciones entre su declaración en el debate y la prestada en instrucción por las que el tribunal ordenó la extracción de testimonios para que se investigue la posible comisión del delito de falso testimonio).
Requeridos los informes al Ejército y a la Policía de la PBA y Policía Federal, todos tuvieron resultado negativo. De ello, dan cuenta entre otros los informes obrantes en el legajo de prueba 363 de causa 450 –incorporado por lectura-:
- a fs. 181 la Comisaria de Monte Grande informa que no existen constancias de actuaciones respecto a los hechos ocurridos el 24 de mayo de 1977.
- fs. 217 por el cual el Comando en Jefe del Ejército expresa que la información requerida mantiene la calificación de “Secreta” conforme la normativa vigente en aquella época situación que obstaculiza su remisión al juez requirente.
- fs. 245 y 246 por el cual el Jefe del Depósito de Arsenales 601 “Coronel Viejobueno” y El Regimiento Infantería Mecanizado nro. 3 informan que en cumplimiento de directivas emanadas por la superioridad se dio traslado del requerimiento al Comandante de la X Brigada de Infantería.
- fs. 250/51 del mismo legajo, donde el Comando en Jefe del Ejército a través del Jefe del Estado Mayor General del Ejercito y a raíz de lo informado por la Brigada X, expresa que no existen antecedentes sobre el hecho. Asimismo se informa que los operativos efectuados contra la subversión se realizaron en cumplimiento de los decretos–ley nros. 2770/75, 2771/75 y 2772/75, no registrándose en consecuencia antecedentes sobre los procedimientos efectuados en su cumplimiento.
- fs. 326 donde el Estado Mayor General del Ejército ampliando contestaciones anteriores expresa que no se registran antecedentes de que el Batallón de Arsenales 601 Domingo Viejobueno instruyera sumarios al respecto.
También se cuenta con el informe de fs. 26.821/26.834 de la causa 14.216 por el cual las Superintendencias de Seguridad Metropolitana, Investigaciones Federales, Seguridad Interior y Policía Científica de la Policía Federal informan que no consta en sus archivos la dependencia que intervino en el hecho producido en Monte Grande con fecha 24 de mayo de 1977.
Y por último, el informe obrante a fs. 26.739 emitido por el Director de Registro de Personas Desaparecidas del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires donde se expresa que no consta en los registros de la División Dactiloscópica de la Dirección de Antecedentes Personales que en el año 1977 se hubieran remitido huellas dactilares de los cadáveres mencionados.
Sin embargo, la información del asesinato de las víctimas sí fue informada a la Dippba. Véase en este sentido el informe remitido por la Comisión Provincia por la Memoria (cfr. 678/681) sobre los archivos desclasificados de la Dirección de Inteligencia de la PBA-. Sostiene dicho informe que del peritaje sobre las fichas personales de las víctimas de Monte Grande surge que todas las que poseen el rótulo “fallecidos” fueron elaboradas el mismo día, esto es 10 de junio de 1977. Agrega que casi la totalidad de las víctimas que poseen ese rótulo no tenían ninguna información previa en ese archivo y que de “los antecedentes sociales” no surgen de ninguna fuente, ni posee otro origen, siendo ello poco frecuente en expediente de esa naturaleza. Además, en todos los casos donde los familiares de las víctimas se presentaron ante la justicia y solicitaron el paradero de sus familiares, la respuesta fue siempre negativa, a pesar de contar con materiales que corroboraban que estaban fallecidos.
Este extremo pone de manifiesto la intención de ocultar, bajo cualquier medio, el accionar delictivo. La falta de expedientes, constancias o documentos públicos, sin duda se debe a que las muertes no se produjeron de la manera descripta por el ejército sino que las víctimas fueron asesinadas en forma ilegal por sus integrantes.
Resulta sugerente que se realizara un operativo de tal magnitud –al que asistió Suarez Mason personalmente- y no exista una sola constancia escrita y asequible para nosotros, de a qué área o regimiento se dio intervención, el personal que intervino, el nombre de los 2 integrantes del ejército y uno de Policía de la Prov. De Bs As que resultaron heridos, las actas de secuestro de armas y documentación, testimonios de testigos del hecho, autopsias sobre los cuerpos y las constancias relativas al mecanismo utilizado para la identificaron de las víctimas del hecho y sus grupos de militancia que luego fueron publicados en los comunicados.
Si bien hemos escuchado testimonios que sugieren que una comisión policial tomó las huellas digitales de las víctimas, y la autopsia realizada en Tübigen sobre los restos de Käsemann que refiere a una necropsia realizada en la Argentina por el Dr. Carlos Castro –médico forense de la Unidad Regional de Lanús-, y que pese a los esfuerzos realizados por el tribunal no ha podido ser localizada. (véase informes de fs. 848/50; 898, 935/945; 1000; y 1178/80 incorporados por lectura)
La única fuente escrita con la que se cuenta sobre el hecho, como ya se dijo son las crónicas periodísticas en las que se publicaron comunicados del Comando Zona 1. Consultado el Ministerio de Defensa acerca del comunicado emitido por el Comando de la Zona I del Ejército emitido el 26 de mayo de 1977, en relación a estos hechos y solicitando en particular la nómina de los miembros del ejército y de la policía que resultaron heridos y la indicación de los objetos que fueron secuestrados en el domicilio, la respuesta también fue negativa.
Así, a través de una nota, el Ejército Argentino informó con fecha 9 de mayo de 1990 que pese a una exhaustiva búsqueda en los archivos del Estado Mayor General, no existen antecedentes de lo requerido. (Nota agregada al cuerpo II del legajo 511 de causa 450, sin foliar –posterior a la foja 365).
Suarez Masón en su declaración indagatoria de fs. 4787/4822 manifestó que tomó conocimiento de los hechos, y concurrió al lugar ,pero que cuando él llegó ya había terminado todo. Refirió que el lugar era muy oscuro, que había tropas, y que allí encontró al Jefe del Regimiento 3, creyendo que se trataba de Miniccuci. Relató que “…no se podía ver nada” y que le informaron que había sido un enfrentamiento entre personal de inteligencia y subversivos”. Refirió “entonces volví al Comando y le dije que informaran sobre el hecho”.
Como surge de lo expuesto, los comunicados oficiales no se apoyaron en ninguna fuente de información accesible en un registro oficial, y las muertes no se registraron ni siquiera de un modo pseudo-legal como producto de un enfrentamiento. El Comando de la Zona I informó lo que informó simplemente para cumplir un montaje que ocultara los asesinatos y, a la vez, aparentara una victoria frente al enemigo declarado, ante los ojos de la comunidad, el día anterior al aniversario de la revolución de Mayo.
La ausencia de expedientes tanto en el ámbito militar como judicial, y la falta de información a los familiares no resulta casual, sino que representó un mecanismo generalizado dispuesto para ocultar la realidad. Esta falta de constancias escritas, propia de la clandestinidad que singularizó a la represión ilegal, fortaleció el mantenimiento de un escenario armado en donde un asesinato masivo fue reemplazado por la versión de enfrentamiento.
Ello se ve reforzado, además por la naturaleza burocrática del ejército, ya que de haberse producido el enfrentamiento como sugiere el comunicado del primer cuerpo, el mejor fundamento de su existencia serían las constancias escritas que sustentarán los hechos.
Por otra parte, los mínimos errores en la identificación de las víctimas, deliberados o involuntarios, no acarrean ninguna incertidumbre ni confusión sobre la identidad de aquellas: a Mario Sgroy se lo llamó “Mario Sagroy”; a “Claudio Giombini” se lo nombró como Claudio Gombini, a Luis Eduardo De Cristófaro como Luis Cristófaro; a Miguel Harasymiw como Manuel H. A Arasimiw; a Silvestre Esteban Adriani como Esteban Adrian y finalmente a Elisabeth Käsemann como Isabel Kaserman.
A ello debe sumarse el informe del Registro Nacional de las personas -de fecha 1 de abril de 2009 –incorporado por lectura donde el organismo informa que bajo los nombres de Arasymiw Manuel, Sagroy Mario, y Esteban Adrian o Adriani no se registran antecedentes en los archivos de ese organismo.
Todos estos elementos de juicio que permiten concluir que se trató de asesinatos masivos, han sido oportunamente invocados en la sentencia de la causa 13/84 ya mencionada. Específicamente, en relación a la falta de substanciación de sumarios en relación a los hechos ocurridos en Margarita Belén (caso nro 678) se sostuvo que: “…En efecto, carece de sentido ocultar un hecho que, en definitiva, no sería nada más que una victoria de las fuerzas del orden contra las bandas subversivas que en ese entonces asolaban el país…Contrariando las normas legales vigentes, no se sustanció sumario alguno luego de este "enfrentamiento" a fin de deslindar posibles responsabilidades (confr. fs. 278vta./279 de la causa citada en último término). Conforme se dijo precedentemente, la versión oficial atribuyó dos bajas a las fuerzas legales, consistentes en sendos lesionados, lo que en definitiva no se probó de manera alguna pues a la fecha no se sabe quiénes son ellos….”
b. Ocultamiento posterior
El escenario descripto se complementó con un ocultamiento posterior de la prueba que podría demostrar la verdad: se enterraron todos los cuerpos como N.N. en la sección para indigentes del cementerio de Monte Grande, luego de que rápidamente el médico forense de la policía certificó la muerte por herida de bala o hemorragia aguda interna. El mismo día del hecho, personal de la comisaría solicitó las partidas de defunción por 16 N.N. al Registro Civil del Partido de Esteban Echeverría que fueron expedidas entre el 24 y 26 de mayo de 1977, es decir algunas el mismo día del hecho y las que más tardaron fueron 48 hs. Todas han sido incorporadas por lectura.
Como quedó demostrado, pese a que el Ejercito y la Dippba contaba con los nombres de las víctimas, ninguna autoridad militar ni policial informó a los familiares esas muertes, sino que ellos tomaron conocimiento por sus propios medios, cuando aparecieron publicados algunos de sus nombres en los diarios Clarín, La Nación, La Razón y la Voz del Interior de Córdoba.

Esta falta de información a la familia y la posterior reticencia a entregar los cuerpos también formó parte del mecanismo que tuvo como finalidad borrar la huella de lo sucedido y de brindar –como ya se dijo- una versión totalmente falsa de los hechos.

Aquellos familiares que pudieron dar con los restos de las víctimas, lo hicieron luego de largas peregrinaciones por unidades militares, en donde se les negaba información. Otros cuerpos nunca fueron entregados; otros no fueron identificados y a algunos familiares directamente se les fue negada la posibilidad de reconocer el cuerpo, bajo amenazas de muerte.

El doctor Eduardo Cubillo Rodríguez, quien declaró por videoconferencia desde España en relación a su amigo Luis Maria Gemetro, relató las penurias que sufrió la madre de éste, viuda de un militar, para dar con los restos de su hijo. Contó que luego de recorrer distintos cuarteles fueron al Regimiento de La Tablada. Dijo “…eso fue una odisea, nadie nos hacía caso, nadie sabía nada y un sub oficial se apiadó de la madre y le dijo que busque, que fuéramos, que averiguáramos donde fue el enfrentamiento así llegamos a Monte Grande…las fosas estaban en medio metro de profundidad y los cajones eran de aglomerado de madera y los 16 cadáveres que había allí pues era gente muy joven, y muy dañados los cuerpos…”

Osvaldo Bayer, también relató como el padre de Elisabeth Käsemann “habló con el agregado militar alemán que lo puso en contacto con el emisario del ejército argentino que sabía donde estaba el cuerpo de Elisabeth y que había alguien que se había posesionado de ese cuerpo y quería U$S 22.000 ….” El padre de Elisabeth “….lo pagó y así pudo obtener el cuerpo… él estaba realmente muy, muy dolido y me dijo algo que me dolió mucho “Como Ud. puede vivir en un país que no solamente matan, asesinan oficialmente a gente sin ningún juicio sin nada y además pagan por devolver el cadáver, cosa que me avergonzó porque me lo dijo con mucho dolor”.


c) Las pruebas obtenidas de los cuerpos recuperados.

Es que de los pocos cuerpos que fueron entregados a sus familiares se desprenden indicios más que contundentes que también dan cuenta del asesinato de las víctimas.

En el caso de los restos de Elisabeth, Ernest Käsemann luego de pagar la suma de dinero que se le exigía para recuperarlos, los trasladó a Alemania, (según consta en la documentación obrante a fs. 338/343 del legado de prueba 511 de causa 450) y allí inmediatamente formuló una denuncia en la Fiscalía de Tübigen por homicidio. A raíz de ello se realizó una autopsia al cadáver y sus resultados fueron enviados vía exhorto diplomático a solicitud de la fiscalía para este debate.
Las conclusiones de los peritajes realizados por el Instituto de Medicina Forense de la Universidad de Tübigen resultan contundentes en cuanto a que se trató de un asesinato. Allí se describe que recibió al menos 6 disparos de balas:
En la región de la espalda del cadáver de Elisabeth se hallaron 4 impactos de bala descriptos a partir de las siguientes lesiones:
Una lesión circular en la piel del glúteo derecho.
Una lesión circular deprimida infundibuliforme (ello significa en forma de embudo) en la piel del tamaño de una mano a la derecha de la columna vertebral en decúbito dorsal.
Idéntica lesión que la anterior y a la misma altura en la columna vertebral
Otra herida a la izquierda de la columna vertebral
y más arriba que la anteriores se encuentra otra lesión circular que destruyó la sexta y séptima vértebra torácica.
Además se describe una herida penetrante en el segundo hueso metacarpio izquierdo (es decir en la palma de la mano en el sector por debajo del dedo índice) que no se puede distinguir con claridad si se trata de salida o entrada de otro impacto bala.
Por último, también se encontró un proyectil deformado en la musculatura del cuello del lado izquierdo. Este proyectil según la pericia realizada por la Oficial Federal de Investigaciones Criminales era una munición proveniente de una pistola calibre 45 ACP. El arma utilizada en el hecho podría ser una pistola tipo “Colt” o una imitación de ésta.
Concluye el informe que: “Como destacado del análisis forense se puede afirmar que Elisabeth Käsemann recibió todos los impactos desde atrás” y luego agrega “Por todo esto queda demostrado que Elisabeth Käsemann fue muerta en la Argentina a tiros por la espalda...”
Recordemos que por el homicidio de Elisabeth la República Federal de Alemania solicitó la extradición de Videla, Suarez Mason, Sasiaiñ y Duran Sáenz, en los expedientes 10.566/02, 686/04 y 6.988/06 cuyas copias han sido incorporadas por lectura.

Por otra parte, como ya se expresara, los restos de Gemetro fueron examinados por el Dr. Cubillo Rodríguez quien al respecto relató que revisó los cuerpos en un ambiente al cual calificó de terrorífico. Manifestó que el cadáver de su amigo “tenía golpes, la cara de Luis Maria Gemetro era prácticamente irreconocible y tenía marcas muy antiguas en las muñecas. El resto estaba prácticamente irreconocible” y agregó que tuvo que reconocerlo por unas manchas blancas que Luis tenía de nacimiento. Cuando fue preguntado específicamente por las marcas de las muñecas refirió que si bien su especialidad era otra, las marcas daban la impresión de ser de una argolla, como unas esposas pero antiguas. También mencionó en diversos pasajes de su declaración que el cadáver estaba totalmente deformado, con golpes múltiples y que no pudo diferenciar si tenía balazos o no, aunque si vio muchos hematomas antiguos. Concluyó que recordaba bien el barro, la lluvia que había y el estado físico del cadáver, las deformidades y explicó: “un muerto en un tiroteo no tiene edemas”.

También, otros familiares que concurrieron a las unidades militares, policía y cementerio tratando de encontrar alguna respuesta, describieron la falta de información, la indolencia y el horror que tuvieron que atravesar intentando recuperar los restos de su familiar asesinado y describieron también idénticas circunstancias en relación al estado de los cuerpos aunque sin los conocimientos técnicos especificados anteriormente.

Elisa Fabbri, relató que su padre le contó que el estado de los cuerpos era totalmente deplorable, atribuyendo ello a las torturas que habían recibido. Ella aseguraba que el estado en que se encontraban los cuerpos fue el motivo por el cual su padre no lo pudo reconocer a su hermano. Coherentemente con lo manifestado, surge de las constancias obrantes en el Conadep, que la familia de Fabbri el 27/10/77 solicitó la exhumación de los cuerpos para un nuevo reconocimiento.
Juan José Giombini, hermano de Claudio manifestó que el tío que concurrió al cementerio a reconocer el cuerpo y éste afirmó que a su hermano lo habían asesinado por la espalda. Refirió que su tío hacía de caza mayor y fue contundente, “no tenía dudas de ello” relató el testigo.

Mónica Bernat, refirió que su familia estuvo buscándolos, durante mucho tiempo, y que su madre recorrió muchos sitios, estuvo preguntado moviéndose y que al cabo de seis meses le dijeron que estaban enterrados por un enfrentamiento que había habido en Monte Grande entonces tuvo que ir con mi padre a reconocer los cuerpos …”.
Recordó que su padre jamás habló de ello, lo único que hizo fue cortar un mechón de pelo a su hermana, que los cuerpos estaban en muy mal estado, y que lo único que le vio su padre fue el tiro (marcó la frente con la mano) y ya está.

Aron Goldín, relató que concurrió a la comisaría y expresó “Ahí no me dieron información pero fuimos acompañados por un policía de Monte Grande al Cementerio donde estaban fosas abiertas y el castigo para los familiares era que recorramos las fosas a ver si encontrábamos a la persona que estábamos buscando y ahí encontré a mi hermano…. En su declaración de fs. 437/39 del legajo 363, que le fue leída durante la audiencia, recordó que los restos de su hermano tenían moretones al menos en las zonas más expuestas, por ejemplo del pecho.

Por último, Hector Tula cuya declaración ha sido incorporada por lectura, describió que la cara de los cuerpos estaba muy hinchada y su color era medio oscuro o morado y que los cuerpos carecían de calzado. Recordó que vio en uno de los muchachos una herida como una veta blanca “como cuando uno se raspa y después sale la sangre” y dijo que tenía otras heridas pero no se encontraba en condiciones de afirmar si eran heridas de bala o de torturas. También mencionó que en una de las piernas de Gemetro la tibia estaba quebrada por la mitad.

Estos testimonios que describen el estado terrible en que se encontraban los cuerpos, además de que presentaban edemas, moretones y múltiples impactos y heridas de bala, en diversas partes del cuerpo como por ejemplo la espalda y la frente, corroboran -también- sin lugar a dudas que se trató de un homicidio y no de un enfrentamiento.

d) Otros testigos que tuvieron conocimiento con posterioridad al hecho

Los relatos de Daniel Casinelli, bombero de Monte Grande y los empleados del cementerio Hermegildo Baez y Quispe Ramos también aportaron datos al respecto.

Al momento de declarar, Cassinelli relató cómo fueron encontrados los cuerpos en la casa de Uriburu 1151 de Monte Grande, en qué condiciones había quedado el lugar y el estado en que se hallaban los cuerpos. En esa oportunidad, refirió que fue convocado por el Jefe de Bomberos, -quien había recibido un llamado telefónico-, para ir a “levantar los cadáveres” y que concurrieron al lugar en una ambulancia. Recordó que cuando llegaron al lugar estaba amaneciendo y se estaba retirando una patrulla militar (no recordaba en que vehículo, pero sí que tenían ropa militar) llevando algunas armas en la mano, quedando ellos a disposición de la policía del lugar. Mencionó que los cadáveres se hallaban en distintos lugares de la casa. Ésta tenía una entrada de coches a la izquierda, por donde entró la ambulancia marcha atrás, en el patio delantero había un árbol grande y debajo del mismo había un Ford Falcón, con tres personas muertas dentro del auto y en el patio trasero dos o tres cuerpos más. Dijo que cuando se ingresaba a la casa había un hall grande o living, donde había tres o cuatro personas muertas y el resto de las víctimas estaban en las habitaciones. Recordó que en la casa había cuatro habitaciones más. A la pregunta del tribunal expresó que no vio daños por fuera de la casa como faroles rotos o vidrios rotos de autos.
Manifestó que dentro de la casa había impactos de balas en las paredes, que en el hall principal el piso estaba rojo de sangre y que ellos abrieron el auto para retirar los cuerpos porque la policía decía que no se animaba por miedo a que dentro hubiera un aparato explosivo, y que no recordaba que hubiera armas en su interior. Refirió que cuando llegaron estaban todas las personas muertas y que no había ningún herido y que tampoco se transportó a ningún militar muerto o lesionado.
En cuanto al estado de los cuerpos dijo que eran hombres y mujeres jóvenes y que tenían impactos de bala, agregó que los cuerpos que estaban en el patio trasero tenían heridas de bala tanto de frente como en la espalda.
Por último dijo que a la vista no observó que los cuerpos que retiró de la casa tuvieran anillos o relojes.

Es evidente que las condiciones de la vestimenta de los abatidos, que no presentaban accesorios tan elementales como relojes o anillos, son más coherentes con la detención, en donde a los cautivos se los privó de esos elementos, que de personas reunidas en una actividad ilegal que son sorprendidas y mantienen un enfrentamiento armado. A la misma conclusión, la de un montaje de un enfrentamiento fraguado, nos lleva el hecho de que no se hayan constatado rastros de daños producidos por el alegado fuego del grupo de ocupantes de la casa.
Si tal número de personas se hubiera defendido, y con tal intensidad como para justificar el fuego del ejército que habría causado los daños que se declaman en el comunicado del I Cuerpo, con el arsenal que ilustra la nota de los matutinos, debieron quedar rastros, lo que no se verificaron.

La descripción de Cassinelli se vio completamente fundamentada al momento de realizar la inspección ocular de la casa. Recorriendo cada uno de los cuartos fue marcando donde se hallaban los cuerpos. Recordemos que el testigo hasta reconoció las modificaciones que mostraba actualmente la vivienda. Entre ellas, recordó que la puerta de entrada estaba en otro lugar, indicó los cuartos que ahora estaban tapiados, a los que hasta ese momento no había tenido acceso, la extensión del fondo, etc. Asimismo, fue certero en su descripción de la cantidad de cuerpos que se encontraban en cada habitación.

Por su parte, los empleados del cementerio de Monte Grande, también aportaron datos al respecto. Hermegildo Báez, relató que habían recibido los 16 cuerpos durante la madrugada y que colocaron cada cuerpo en una fosa -que estaban hechas con anterioridad- y los taparon. Recordó que los cadáveres tenían muchas balas en el cuerpo y que varios familiares se presentaron en el cementerio. “Algunos retiraron. Cuando teníamos la orden los sacábamos y los entregamos. Los que no fueron retirados, fueron levantados y trasladados a la fosa común”. Según relató por orden del administrador –recordemos que en esa época era un militar-, a los tres años, todos los cuerpos pasaban a esa fosa común.

Quispe Ramos, otro de los empleados del cementerio, refirió que los 16 cuerpos fueron enterrados en un lugar donde se inhumaba a los indigentes, y aclaró que por eso se le decía “Gratis”. Cuando llegaron eran todos N.N., sin nombre, y fueron marcados con una cruz y un número para poder individualizarlos. Relató que tuvieron que desenterrarlos a raíz de que estaban buscando a la hija de un diplomático ruso, luego se corrigió y aclaro que era “alemán”, y que también fueron al cementerio dos o tres familiares más y reclamaron los cuerpos. Reconoció su letra en los libros del cementerio que le fueron exhibidos en la audiencia, y manifestó que él realizó los asientos tanto del ingreso de los 16 cadáveres NN como las identificaciones posteriores. Entre ellas reconoció los asientos de Käsemann, Gemetro, Giombini, Goldin, Giombini y el matrimonio Ciuffo.
Dijo que supo por comentarios que habían sido prácticamente fusilados todos en Boulevard Bs. As., ex calle Uriburu. Que en un enfrentamiento con la policía habían matado a estas 16 personas. A preguntas del tribunal por qué se refería primero a fusilados y después enfrentamiento dijo “enfrentamiento con la policía, pero después a raíz de todo esto todos entendían que habían sido asesinados, fusilados” Refirió que los comentarios eran que la policía los había matado a todos. Por último, en relación al estado de los cuerpos, Quispe Ramos dijo que los cuerpos estaban ensangrentados; con varios orificios de bala en todo el cuerpo.

El propio Oficial Bianchi de la policía de la provincia, ya mencionado, refirió “que todos estaban por herida de bala” y que los cadáveres tenían múltiples heridas. También recordó en especial una persona de sexo femenino, Elisabeth Käsemann, porque refirió a un pedido especial de exhumación y que él había participado en el reconocimiento del cuerpo.

Por otra parte también hemos escuchado el testimonio del soldado conscripto en aquella época, Horacio Verstraeten hoy abogado.

Relató que realizó el servicio militar obligatorio desde el 4 de enero 1977 hasta marzo de 1978, en el Regimiento 3 de Infantería a cargo del Teniente Coronel Minicucci siendo asignado a la compañía “A” de dicho regimiento.
Refirió que el 24 de mayo de 1977, mientras se encontraban durmiendo, cerca de las dos de la mañana fueron despertados con el fin de ser parte de un operativo de control vehicular. Eran alrededor de 15 soldados en tres vehículos. Mientras viajaban en los camiones les dijeron que habían pasado por radio la información de un enfrentamiento y se dirigieron hacia allí.
Cuando llegaron al lugar, no había luz y a ellos les ordenan que se tiren cuerpo a tierra hasta tomar posición adelante de una casa, donde ya se encontraba la gente del operativo civil ocultos delante de la vivienda, esto es un grupo compuesto por un oficial y tres suboficiales del regimiento que hacía el mismo trabajo pero de civil.
Relató que una persona que estaba dentro de la casa comenzó a disparar, con un arma tipo fusil y a ellos se les dio la orden de que hicieron fuego libre. Relató que de pronto, de un Ford Falcón que estaba delante de la casa a 15 metros de su posición “salirion como surgidos de la nada”, dos personas con una pistola cada uno en la mano, protegiéndose con las puertas del vehículo, y que empezaron a disparar contra ellos. Dijo que mientras se encontraban en la vereda escuchó los silbidos de las balas que pasaban por arriba de ellos pero que no resultó herido ninguno de los soldados.

Luego estas personas cayeron muertas por los disparos de la ametralladora del ejército que estaba apostada en el lugar y ellos realizaron los últimos tiros contra la casa.

Posteriormente se ordenó el alto el fuego y fueron avanzando hacia el interior, pasando por el costado de los cuerpos de las personas que se encontraban en el auto, y que no pudo observar si tenía heridas porque no había luz.

A llegar a la vivienda, entran primero un grupo de personas que se dirigió directamente hacia el patio del fondo de la casa (aclaró que allí no hubo disparos); y después, entró a la casa el jefe de la compañía, y por último los soldados. En el interior el Jefe de la compañía les dice que “tiren dos tiros cada soldado contra estos hijos de puta” que estaban tirando.

Manifestó que no recordaba si había tirado o no cumpliendo aquella orden, aunque luego se le leyó su declaración en instrucción donde refirió que disparó hacia cualquier lado.

Aclaró que el soldado que venía detrás de él cumplió la orden de tirar y ello ocasionó que le salpicara sangre de los cuerpos que estaban en el piso que eran dos o tres personas.

Sobre este punto, fue preguntado en dos oportunidades durante su declaración, y nuevamente preguntado durante la inspección ocular en la casa de Monte Grande. En la primera oportunidad respondió que la sangre que lo salpicó le había provocado nauseas, y luego, cuando específicamente se le repreguntó si la razón del incumplimiento de la orden de rematar a las personas caídas en el piso obedecía a esa sensación de asco respondió que “cuando llegué creo que mi preocupación era sacarme la sangre del uniforme”.

Relató que las personas que estaban dentro de la casa fueron muertos por “la gente que estaba con ellos”, porque “evidentemente los que estábamos delante de ellos éramos nosotros y cuando entramos estaban en el piso”. Luego dijo que no podía determinar si estaban vivos o muertos, pero mencionó que cuando entraron en la casa estaban tirados en el piso y no se escuchaba ningún quejido. A preguntas de la Fiscalía refirió que tampoco podía estar seguro de que era la misma persona la que tiraba y la que luego vio muerta, pero que cuando ingresó al lugar de donde venían los tiros observó los cuerpos superpuestos.

Relató que mientras se encontraban en el hall de la casa escuchó -en otro cuarto contiguo hacia el fondo de la vivienda- gritos de dos mujeres, que rogaban que no las mataran, que las ayudaran, y que luego escuchó disparos, vio fogonazos y después un silencio total. Respecto de ello refirió: “escuche cómo las mataron, escuché los gritos, los disparos, vi los fogonazos” y admitió que ese era el motivo de su declaración ya que luego de este episodio tenía pesadillas, escuchaba gritos de mujeres o a veces pensaba que se lo había imaginado.

Luego, los conscriptos fueron sacados del lugar y quedaron los dos Carrier y la gente del operativo civil. En ese momento había dos tanques pero sin torreta cruzados en los carriles, y volvió la luz en la calle. Ello fue ni bien terminó el tiroteo, al cabo de diez minutos aproximadamente.
Recordó que él fue despertado alrededor de las dos de la mañana y que todo terminó aproximadamente a las cuatro de la mañana. Poco después ya estaban en el Regimiento.

También mencionó que la compañía B del Regimiento, fue la que se ocupó de ir al lugar a sacar lo que había en la casa aunque dijo que no sabía qué elementos fueron secuestrados por esa Compañía. Refirió que los compañeros de la compañía B les marcaban la mala puntería de su compañía ya que habían roto toda la casa.

La Compañía B era la que los seguía a ellos en la guardia y que llegaba al día siguiente, después de las 7, 8 de la mañana tomaba la guardia y por tal motivo habría ido, como muy rápido, después de las 8 de la mañana.

Por último, recalcó que la secuencia fue distinta a la publicada por las crónicas periodísticas toda vez que los disparos comenzaron en la casa, y no en el coche. Otra discordancia es que no fueron avisados por los vecinos ya que cuando llegaron ya estaba la gente del operativo de civil. También en la cantidad de muertos ya que él vio 7 personas, dos personas en el Ford Falcón, dos o tres tiradas en el piso del hall y las dos mujeres que escuchaba gritar, y que le llamó la atención que los diarios publicaran un número superior de personas. “era una mentira, no había tanta gente” y que de haber estado toda esa gente hubiera sido más difícil el enfrentamiento.

Fácilmente se advierte que su relato, si bien confirma que en el lugar se produjeron asesinatos alevosos a personas indefensas (las mujeres que pedían clemencia en la parte posterior de la casa), y afirma que era mentira que hubiera tanta gente en la casa como oponente de su grupo, también introduce un matiz en tanto afirma que recibieron disparos desde dentro de la casa y desde el falcón estacionado en el jardín, de donde dice haber visto bajar dos hombres disparando, los que fueron inmediatamente abatidos.
Nos queda muy claro que el desplazamiento de esa unidad del RIM 3 al lugar de los asesinatos pretendió desplegar una escena engañosa que cohonestara a la versión que inmediatamente se publicaría en los diarios, y que, probablemente, los soldados no fueron advertidos de esa puesta en escena. Eso explicaría que alguien se haya fungido en ocupante de la casa disparando, sin riesgo, desde ella a los soldados, y que el testigo, cuando ingresó a la casa y se chocó con un cadáver en esa posición, haya confundido a alguna de las víctimas previamente abatida con aquel que le disparaba. Un párrafo aparte le dedicaremos a la escena en la cual dice haber visto bajar disparando a dos personas desde el automóvil.
Más allá de que respondió a preguntas de las fiscalía que no vio sangre ni herida en los abatidos del auto, que solo los vio por el fogonazo de las armas que los iluminaron instantáneamente, lo cierto es que esa percepción debe enmarcarse en el contexto de una observación como se dijo instantánea, a más de una decena de metros, en un espacio deliberadamente oscurecido, recibiendo fuego, esto es concentrado en otra dirección, y mientras alcanzaba un cargador a su compañero.
Por otra parte, en la instrucción no se refirió a que estos dos hombres hayan sido abatidos, y sí en el juicio, explicando que el escribiente no había transcripto sus dichos literalmente, lo que suena increíble en boca de un abogado que sabe muy bien la significación de firmar un acta en un expediente y de la trascendencia de las palabras en cualquier juicio, pero máxime en uno penal.
Es que en la audiencia fue muy específico, por propia iniciativa dijo que los vio caer abatidos por el fuego de una MAC.
Es sorprendente que un abogado, que sabe perfectamente cuánto se juega en un detalle de una declaración testimonial en un juicio penal, en el cual declara bajo juramento y bajo apercibimiento de severas sanciones penales, no revise personalmente una declaración antes de firmarla.
En especial este testigo, tan meticuloso en algunos detalles. Recuérdese que dijo que no escuchó en los ruegos desesperados de las mujeres fusiladas ningún acento. Más allá de que es absurdo pretender identificar acentos extranjeros en la voz de quien grita desgarradoramente antes de ser asesinado, lo más curioso –y sugestivo- es que nadie le preguntó por ese detalle, y que entre las asesinadas estaba la ciudadana alemana Elisabeth Käsemann.
Lo cierto es que también otros elementos nos obligan a evaluar con cautela la entidad convictiva de su testimonio, aún cuando algunos tramos sean absolutamente coherentes con la versión evidente de que en esa casa se cometió un asesinato masivo.
El primer llamado de atención nos lo da la condición de abogado del testigo, quien bien debió haberse representado que, comprobado cómo está, que participó de un evento de naturaleza criminal, a órdenes de los asesinos, sería cuanto menos pertinente deslindar su responsabilidad. Tan es así que el Tribunal, al comenzar su declaración, le advirtió que si creía que alguna respuesta lo incriminaba, podía abstenerse de responder.
La versión que nos trajo del enfrentamiento mejoraba la significación jurídica de su desempeño, poniéndola bajo la cobertura de la legítima defensa.
Resulta elocuente acerca de la conciencia que el testigo tenía de que la acción de la casa del hoy Boulevard Buenos Aires en Monte Grande podía resultarle incriminada, es la conclusión a la que arriba luego de encontrarse casualmente en la calle con tres suboficiales del regimiento que participaron en los hechos, uno de ellos como vendedor ambulante en el tren, y literalmente concluye “si estos tipos están libres, no va a pasar nada”. Antes dijo “me empecé a preguntar de que había estado en un lugar peligroso, me había dado cuenta de eso”.
Esta conclusión es absolutamente coherente con que lo tranquilizara el encuentro con los suboficiales. Si aquel evento de Monte Grande se hubiera tratado de un hecho que consideraba legal o inocuo, no tendría por qué haberlo tranquilizado que los suboficiales estuvieran en libertad.
Por otra parte, su relato incluyó conjeturas tendientes a hacerlo verosímil, pero cuando fue preguntado quedó claro que no evocaba datos por haberlos percibido sino que los incluyó por considerarlos coherentes con la secuencia y el contexto.
Recordemos que en la sala del Tribunal dijo que la persona que le disparaba desde la ventana luego la vio muerta en el piso, y que luego, cuando ingreso a la casa, la vio caída. Recién cuando la fiscalía lo interrogó al respecto dijo que no podía asegurar que la persona que le disparaba fuera la misma que yacía muerta en ese lugar. Conjeturó causalidades que no pasaron por sus sentidos.
Del mismo modo, en la inspección ocular, cuando describió como estaban vestidos los ocupantes del Falcón, dijo que estaban con camisa, e inmediatamente cuando recordó la estación del año en que ocurrió el hecho, se corrigió porque esa vestimenta no se correspondía con el clima. Entonces ¿cuánto recordó y cuanto integró a su relato para devolverle coherencia y verosimilitud?

Es evidente que no es un testigo que ha declarado libremente; ha adecuado el relato —deliberada o inconscientemente— para ponerse en una posición que lo deje a salvo de cualquier responsabilidad. Quizás no sea reprochable por esta actitud, pero tampoco es confiable.

Pero además es desmentido por absolutamente todas los demás elementos de juicio; su versión queda solitaria frente a un plexo cargoso contundente que va en otra dirección.

Está fuera de duda que los asesinados permanecieron en El Vesubio hasta esa noche; que fueron trasladados juntos y que juntos aparecieron muertos. Tampoco es extraño que la comisión con los soldados que hicieron esa evidente puesta en escena, había partido de la RIM 3 de La Tablada, donde funcionaba, en su enfermería, la CRI, corazón de la represión en la zona como puesto adelantado de la comandancia de la SZ 1.1 de la que dependía el CCD.

El bombero Casinelli, por otra parte, nos ha dicho, sin dudar, que los cadáveres de los ocupantes del Falcón estaban dentro del vehículo, y que las puertas de éste estaban cerradas, en franca contradicción con lo declarado por el ex soldado; y de un modo absolutamente coherente con la puesta en escena de una enfrentamiento, en el cual evidentemente los ocupantes del Falcón fueron subidos y asesinados dentro de coche o bien asesinados y luego colocados allí.

Tengamos en cuenta que hasta hoy el Bombero se refiere a los hechos como si se tratara, efectivamente, de un enfrentamiento, solo por las referencias que recibió cuando fue convocado, de modo que mal puede pensarse que su testimonio está teñido de alguna parcialidad; antes bien, esa mirada crédula robustece su sinceridad.

Por fin, el ex soldado de manera reiterada se refirió, francamente irritado, a que en el servicio militar se deben cumplir las órdenes, en una insinuación de pretexto de obediencia debida en la comisión de conductas que nadie le reprochaba.

Y, para colmo de la estupefacción y el desconcierto, en dos oportunidades, tanto en la audiencia como en la inspección de la casa, dijo, y reafirmó sin matizar siquiera, que no disparó para rematar a personas indefensas al ingresar a la casa, como se los había ordenado el oficial, porque cuando lo hizo un compañero suyo, que iba a su lado, lo había salpicado la sangre y eso le dio repugnancia.

No fueron elementales barreras morales, de respeto a la vida del prójimo, de clemencia, o la impelente imposibilidad de hacerlo de quien no es un asesino, lo que le impidieron disparar con su FAL a personas indefensas, cuyo deceso no había comprobado, al ingresar a la casa. Fue el asco a que la sangre lo salpicara. Que cada cual saque su conclusión.

Todos estas circunstancias, que singularizan tan particularmente el testimonio de Horacio Verstraeten, convierten a su declaración en ineficaz para incidir en la convicción de cómo sucedieron tan graves hechos.

Reparemos ahora en que su relato corresponde también a un momento distinto del “iter criminis”, respecto del narrado por Casinelli. Véase que Verstraeten, durante su declaración refirió que luego de que se retiraran, fue al lugar la compañía “B” del Regimiento que fue la encargada de retirar los elementos secuestrados allí. En este sentido, el nombrado dijo que se retiraron del lugar alrededor de las 4 de la mañana, mientras que el bombero refirió que llegó cuando estaba amaneciendo.
Asimismo sostuvo que no podía ser que hubiera 16 personas enfrentándose con los militares porque les hubiera resultado más difícil acabar con ellos, y que escuchó como las mujeres pedían ayuda antes de ser asesinadas.
Es evidente que la versión oficial difundida por el I Cuerpo del Ejército, como acción de propaganda y encubrimiento, no tienen asidero en la realidad.

Es que se ha probado que estas 16 personas estaban cautivas en el Vesubio en condiciones inhumanas desde hacía ya tiempo; que fueron sacados de sus cuchas y llevados a la Jefatura, donde se les cambio la ropa y que fueron trasladados para asesinarlos. Ello ha sido corroborado, en cada uno de los casos, a través de los distintos testimonios de los sobrevivientes de la época. Sostener lo contrario, que las víctimas estaban reunidas, armadas y “prestas” a enfrentarse con militares resulta completamente inverosímil.

Quedó establecido también, que todas las víctimas fueron secuestradas, conforme los relatos sus familiares y la documentación incorporada por lectura que da cuenta de la privación ilegal de la libertad por personas desconocidas con anterioridad al 24 de mayo. Así surge de los testimonios de los familiares de las víctimas, de los distintos pedidos de detención y captura de militantes de OPCO obrantes en las fichas de la Dippba donde puede leerse que la detención fue requerida por personal militar, a lo que se suma la demás prueba documental, a saber: habeas corpus, constancias de gestiones ante organismos oficiales, cartas en busca del paradero, legajos Conadep, etc.

Ha sido ampliamente probado que durante el tiempo que transcurrió desde su secuestro hasta la fecha en que fueron asesinados, permanecieron cautivos en el Vesubio y fueron sometidos a torturas, de acuerdo a lo relatado por los sobrevivientes de ese CCD, entre los que se cuenta a Ana Maria Di Salvo, Eduardo Kiernan, Elena Alfaro, Mirta Iriondo, Gabriel García y Genoveva Ares.

También se ha establecido la fecha en que ocurrieron los hechos, 24 de mayo de 1977 y la cantidad de víctimas. 16 cautivos fueron sacados de sus cuchas en el “Vesubio” y reunidos para ser trasladados. Los bomberos trasladaron 16 cuerpos; Quispe Ramos y Hermenegildo Báez, empleados del cementerio relataron que se dieron sepultura a 16 personas N.N..
Las crónicas periodísticas hablan de 16 abatidos y en los libros del cementerio consta el ingreso de 16 personas NN. Todo ello concuerda con las 16 partidas de defunción labradas por el Registro Civil de Esteban Echeverría que se encuentran incorporadas por lectura.

Por último tampoco cabe duda que todos ellos fueron ultimados mediante múltiples disparos de arma de fuego en un estado de indefensión. En primer lugar, porque las víctimas se encontraban privadas de su libertad. A ello se suman, los testimonios de los familiares que concurrieron a reconocer el cuerpo; de los empleados de la necrópolis; del bombero de Monte Grande; del Dr. Cubillo Rodríguez -entre otros-, que conforman un cuadro probatorio coincidente en cuanto a que todos los cuerpos estaban ensangrentados y exhibían varios impactos de balas y la -ya citada- autopsia de Käsemann que determinó fehacientemente que todos los disparos habían sido realizados por la espalda –recordemos que se hallaron al menos 6 heridas de bala.-
Asimismo, estos testimonios también dan cuenta que los cadáveres estaban en un estado de completo deterioro, con marcas en las muñecas anteriores al hecho, edemas o contusiones en distintas partes del cuerpo; y que no tenían pertenencias personales en su poder al momento del supuesto enfrentamiento.

A ello se agrega que no se ha comprobado que se registraran bajas o heridos entre las fuerzas estatales, y por el contrario, si se ha acreditado que no hubo ningún herido entre las víctimas y que todas resultaron muertas, además de los comentarios en cuanto a que los habían matado a todos y que no hubo “tal enfrentamiento”. De lo cual dieron cuenta los testimonios de Quispe Ramos, Dora Castrillón, Osvaldo Bayer quien relató que al momento de filmar el documental se entrevistó con personas del lugar que le dijeron haber visto como los habían traído y que los habían fusilados personalmente -aunque ninguno de estos testigos había querido testimoniar ya que tenían mucho temor y el testimonio de Liliana Franchi quien refiero que pudo hablar con una vecina que siempre había vivido ahí y èsta le comentó que nunca había habido tal enfrentamiento.

Todo ello representa, como se sostuviera en la sentencia de la causa 13/84, un “modus operandi” sistemático y reiterado del aparato represivo para pretender encubrir asesinatos clandestinos, y así, ha quedado plasmado en el capítulo XVI de la causa 13/84. En dicho capítulo se sostuvo que: “…Contemporáneamente a los acontecimientos narrados, se produjeron otros hechos que, en cuanto aparecen vinculados con ellos, adquieren especial trascendencia, pues conducen a inferir que los secuestrados que no fueron puestos en libertad, ni a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, ni sometidos a proceso, fueron eliminados físicamente, a saber: …c) Se produjo la muerte violenta de personas supuestamente vinculadas a organizaciones terroristas, en episodios que en la época, fueron presentados como enfrentamientos con fuerzas legales, pero que fueron indudablemente fraguados. Tal como resulta de los casos en que se lo ha dado por probado, y a los que corresponde remitirse. …d) Se produjo también algún caso de ejecución múltiple de personas, no investigado oportunamente, pero atribuida a los hechos de autos … Respecto de muchos de esos hechos, existen constancias que demuestran que la inhumación fue practicada a pedido o con intervención de autoridades militares …”.-
También se hizo referencia en dicha sentencia al estado de los cadáveres con marcas reveladoras de castigos corporales anteriores al deceso, y a la circunstancia de que las personas supuestamente muertas en enfrentamientos hayan estado en cautiverio en manos de militares (cfr. casos 183, 184 y 185, caso 241 y casos nro. 123 y 124) como así también las circunstancias y características en que se produjeron las heridas de bala -que no fue obstaculizado por la falta de autopsia médico legal- (hechos nro. 42, 183, 241, y 664).


VI. Las familias que no pudieron recuperar el cuerpo.

También resulta necesario realizar una consideración respecto a la circunstancia que de las 16 personas asesinadas, solo 9 familias pudieron retirar los restos de su familiar, ellos son Gemetro, Goldin, De Cristofaro, Cristina y Julian Bernat, Catalina Oviedo y Daniel Ciuffo, Käseman y Giombini. Cinco familiares de las víctimas identificadas, no concurrieron al cementerio o no reconocieron el cadáver. Tal es el caso de Fabbri, Harasymiw, Sgroi, Gasparini y Andreani.
Se desconoce la identidad de dos mujeres que también fueron asesinadas ese día.
Ello también es sin duda el resultado del modo en que operó el sistema represivo. Las condiciones en las que se asesinaron a las víctimas se homologan a la desaparición forzada. Y perseguía el mismo doble objetivo: se eliminaba a los adversarios y a la vez generaba tal pánico que obligaba al entorno de la víctima directa a exiliarse o guardar silencio por temor a sus propias vidas, o para alentar la esperanza de la reaparición.
Esta metodología fue descripta en el “Informe Final” presentado por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas en los siguientes términos: “... En el curso de nuestra labor hemos debido afrontar el tema de la muerte… y también la muerte masiva, colectiva o individual, premeditada por lanzamiento al mar, por fusilamiento….No fue un exceso en la acción represiva, no fue un error. Fue la ejecución de una fría decisión. Los ejemplos, las comprobaciones se multiplican sin dejar duda sobre esta conclusión (pag. 226) y párrafos más adelante se dijo “… Es muy difícil para nosotros, después de la dura y compleja tarea realizada en busca de detenidos – desaparecidos vivos, aceptar que muchos de ellos están muertos y sus cuerpos han sido diseminados o destruidos… los cadáveres sin nombre, sin identidad, impulsando la psicosis por la imposibilidad de saber acerca del destino individual, concreto, que le tocó en suerte al ser querido…. (pag. 249)…

Las conclusiones a las que arribó la Conadep en el año 84, se vieron plasmadas en este juicio en las declaraciones de familiares escuchadas durante la audiencia, en relación a la imposibilidad de recuperar los restos. Recordemos en estos hechos el testimonio de Rosario Aciar, esposa de Sgroy: “…me habían sacado los documentos y mis suegros no querían por protección a mis hijos y a mí, no querían que hicieran nada, ni siquiera ellos quisieron ir a retirar el cuerpo ni a reconocerlo, ni nada.”
Dijo Dora Castillón de Cristófaro: “Fui a ver un sacerdote a la capillita Stella Maris y le dije que venía a pedir por el cuerpo de mis hijos muertos… No lo podía ver en esa tierra donde decía enfrentamiento. Siempre pidiendo que Dios ayudara. Cuando pasaron cuatro años ya se podía sacar…”
Dolores Cabral explicó: “Nunca reconocieron que los habían matado ni que los tenían ni nada. Nunca respondieron ni por las personas ni por los cuerpos. Nunca. Si nosotros reclamábamos nos amenazaban, nos amenazaron también de muerte a nosotros. De manera que uno lo hacía, no sé porque, si porque quería encontrarlos, si por coraje realmente, porque se vivía con miedo. Adonde Ud. estaba el ejército atrás… Nunca mencionaron el cementerio, solo lo que estaba en el diario que decía que él como los otros fue abatido en Monte Grande y todo como una gran noticia…. que la guerrilla, que habían hecho como un gran logro y que capturaron al capo internacional… mentira no era ningún capo de nada. Como la gente desconocía quién era él entonces ellos mandaban la noticia para el resto y era una mentira, si se los llevaron indefensos de su casa, arrastrando los pies de miedo…”
Cristina Tobares relató -en relación a los restos de Nelo Gasparini- “un tío había ido a Monte Grande, ahí donde dice el diario, a la comisaria de Monte Grande y le dijeron que estaba en una fosa común y que no volviera a insistir sobre el tema porque él iba a correr la misma suerte…”
Por último, la madre de Andreani fue extorsionada durante años por una persona a quien ella llamaba Doctor, quien a cambio de dinero le prometía que su hijo sería liberado y saldría en las lista de presos a disposición del P.E.N.

Queda claro que no sólo se asesinaron a víctimas indefensas, sino que también después de dar a conocer la noticia de su muerte, hicieron todo para negarle a las familias la posibilidad de darles sepulturas, encontrándose hoy algunos de los restos en el osario común del cementerio, lo que impide su recuperación.

En el recién mencionado Informe Nunca Mas se sostuvo que “La Conadep ha comprobado que el marco de la metodología investigada fueron exterminadas personas previamente detenidas, con ocultamiento de su identidad, habiéndose en muchos casos destruido sus cuerpos para evitar su posterior identificación. Asimismo se pudo establecer, respecto de otras personas que en la versión de las fuerzas represivas habrían sido abatidas en combate, que fueron sacadas con vida de algún centro clandestino de detención y muertas por sus captores, simulándose enfrentamientos o intentos de fuga inexistentes (pag. 480).

Por su parte, en el primer informe de avance publicado por la SDH “Los desaparecidos – Investigaciones acerca de su destino final, acumulado a la causa S/U 330/98 incorporado por lectura se sostuvo: “Muchos de los desaparecidos fueron enterrados como N.N. En general los cuerpos de las víctimas eran descargados a la noche, individualmente o en grupos, a lo largo de las rutas o en zonas rurales aisladas. En algunos casos las víctimas eran ejecutadas en los centros de detención; en otros, eran ultimados en ese lugar…” (pag. 19).

Recordemos, aquí la declaración de Hermenegildo Báez, coincidente con los relatos de otros empleados de cementerios tal como Avellaneda, Lomas de Zamora, de casos también analizados en el presente alegato, quien nos relató: “…cuando venían los cuerpos así, nos venían a buscar a la casa para ir a trabajar. Porque yo trabajaba de día. El cementerio estaba abierto hasta las 18 horas. … La mayoría era de noche, este era el procedimiento normal”

Esta constante ha sido también corroborada por la declaración del perito del EAAF de Luis Fondebrider, quien mencionó que en el año 1986, a solicitud de la Cámara Federal de Capital Federal, se realizó un análisis sobre documentación administrativa relacionada con el procesamiento de cadáveres, en relación a la recuperación de restos óseos.

Refirió que en el caso de Monte Grande habían trabajado con certificados de defunción de 16 personas que ingresaron en la madrugada del 24/5/77 al cementerio de Monte Grande, con los libros del cementerio, con los testimonios de personas que se habían acercado allí para tratar de identificar a su familiar, así como también se realizó ese año una visita al mismo. A partir de ello, pudieron reconstruir que esa madrugada 16 cuerpos ingresaron al cementerio de Monte Grande, eran 11 hombres y 5 mujeres, los que fueron inhumados en sepulturas individuales, en ataúdes, y aparentemente en el horario de la tarde del día siguiente o del mismo día, una comisión policial los exhumó los ataúdes para tomar las huellas dactilares siendo luego enterrados nuevamente. En los meses siguientes, algunos familiares pudieron identificar por lo menos 9 cuerpos, 7 constaban en los libros de ingresos de cadáveres en el cementerio y otros 2 constaban en certificado de defunción.
El objetivo del peritaje, en ese momento era determinar si en el sector denominado C H 5, donde se enterraban estos y otros cuerpos, aún quedaban algunos en tierra que no hubieran pasado al osario general. Sostuvo que en este caso, los restos habían pasado a los dos o tres años al osario, aunque con información poco precisa de fecha, de quién y en qué circunstancias se realizó este traspaso al osario; pero la situación concreta fue que luego de la visita se pudo determinar que en ese cementerio no quedaba ninguno de los cuerpos en las tumbas N.N.

Agregó Fondebrider que esa era la forma en la que actuó el sistema, muchos de los pasos fueron documentados administrativamente a través de informe de autopsia, huellas dactilares, certificado de defunción, licencia de inhumación pero no se completaban los pasos que tenían que ver con la identificación correcta de los cuerpos.

Esta metodología utilizada por el sistema represivo, puede observarse en otros hechos que han sido juzgados ya por los tribunales.

Así en causa 13/84, la Cámara Federal sostuvo como indicio que aun cuando no fuera hallado el cuerpo de una persona “desaparecida” esas personas fueron eliminadas físicamente.
Por otra parte, para desechar la versión oficial de la muerte, se hizo hincapié además en indicios tales como la falta de peritajes de práctica y en la reticencia para entregar los cadáveres de las víctimas a sus familiares a los que incluso llegó a ocultársele el hecho del fallecimiento (caso nro. 678 ya mencionado).

Siguiendo tal premisa, basada en elementos indiciarios que están presentes en nuestros casos, los Tribunales Orales Federales, en esta etapa, dictado condenas por homicidios en los cuales nunca fueron hallados los cuerpos de las víctimas, entre los que puede citarse la condena a Pedro Alberto Barda a prisión perpetua por el homicidio de Jorge Candeloro, en la causa nro 1170 A, sentencia dictada por TOF 5, o el asesinato de Lucila Revora y Carlos Fassano, en la sentencia de la causa 1668-1673 del TOF nro. 4.


VII. La publicación de los falsos enfrentamientos y la Acción Sicológica de la dictadura

Como se dijo el mismo día -24 de mayo de 1977- comienzan a publicarse las noticias periodísticas del hecho. El día elegido para los homicidios, previo a la celebración de una fiesta patria, a poco más de un año del golpe militar, y los sucesivos comunicados del Ejercito posteriores a los asesinatos, publicados en los diarios Clarín, La Nación y La Razón, dan cuenta de los objetivos que perseguían: en primer lugar, por supuesto, la eliminación de la víctimas mediante su asesinato masivo. Y luego, como acción de propaganda mediante un discurso elaborado para justificar el accionar de las FFAA, dominar a la población mediante el engaño y el pánico, y fomentar la adhesión social a la dictadura.
Las noticias aparecidas en los medios periodísticos que reproducen las informaciones brindadas por el Comando del Primer Cuerpo de Ejército resultan elocuentes:
El día 24 de Mayo el diario La Razón Sexta Edición publicaba: “Sobre un enfrentamiento registrado esta mañana en la localidad de Monte Grande donde fueron abatidos 16 delincuentes subversivos el Comando Zona 1 del Ejercito informa a la población otro éxito obtenido contra la subversión marxista…”.
En idéntico sentido el diario Clarín del 25 de mayo expresa “Son abatidos 16 sediciosos en Monte Grande, sorprendidos en una reunión” Fueron abatidos 16 subversivos –entre ellos cuatro mujeres durante un enfrentamiento al ser sorprendidos mientras realizaban una reunión de distintas bandas subversivas...” Agregaba dicha noticia que según el comunicado del ejército se estaba procurando la identificación de los muertos secuestrándose, además abundante cantidad de armas y documentación.
También el diario La Nación publicó ese día la noticia, además del comunicado figura la foto del automóvil Ford Falcón , y se describe que el auto se hallaba en el jardín con numerosos impactos de balas y que la pared de la casa tenía menos de cien impactos de bala y otros en los arboles del jardín.
El día 26 el diario La razón publica “Se dio a conocer otro informe oficial sobre el episodio de Monte Grande en el que fueron abatidos 16 subversivos”. Allí se expresaba: “El comando de Zona I informa a la población con relación a los hechos producidos el 24 de mayo, en la localidad de Monte Grande donde fueron abatidos por las fuerzas legales 16 delincuentes subversivos, que las investigaciones practicadas, hasta el momento han permitido determinar que: 1ro. Se trataba de una reunión de coordinación de distintas bandas de delincuentes subversivos 2) entre los abatidos se encuentran miembros del más alto nivel de alguna de las bandas de delincuentes subversivos que participaron en asesinatos, asaltos y secuestros de trascendencia pública, 3) Entre los asistentes se encontraba un representante perteneciente a la subversión internacional que opera desde el extranjero …”
Ya el 1ro de junio se da a conocer un nuevo comunicado: Clarín del 2 de junio expresa “Un comunicado del Comando Zona 1 del Ejercito emitido ayer, revelo que la reunión extremista que se realizaba el 24 de del corriente en un chalet de Monte Grande donde irrumpieron las fuerzas de seguridad había sido convocada por las bandas de delincuentes subversivos autodenominados Opco y Fal 22 unificadas desde principios de mes (mayo) con la finalidad de proponer a las bandas PRT ERP y MONTONEROS, la constitución de un frente común desde el que operaría con una misma denominación. En el diario la Nación, la Prensa, La Opinión del día 2 de junio también se dio la noticia y la nomina de nombres conforme el comunicado emitido por el comando.
También el semanario SOMOS (creado en septiembre de 1976 por Ed. Atlántida) dedicó uno sus números a los hechos investigados y obra agregado a fs 445- 450 del Leg. de prueba 363. Allí además del perfil del subversivo y de una crónica del enfrentamiento se expresa: Por su parte la denominada “organización comunista poder obrero” (O.C.P.O) tenía como parte militar a las aquí llamadas brigadas rojas –aquí el episodio precedente al de Haedo- alquilo una finca en Monte Grande y allí se habían reunido el 24 de mayo 16 integrantes que fueron aplastados por la acción de las fuerzas regulares. Pertenecían a la estructura de enlace local con la cuarta internacional trotskista. Ese procedimiento, documentación investigada y decenas de elementos obtenidos permitieron establecer que unas de las caídas, una alemana de nombre Isabel Kasermann, oficiaba de ejecutante de tal enlace. Para esta organización, el golpe recibido en esa ocasión, resultaría de difícil recuperación a juicio de expertos…

Estos recortes fueron remitidos según el siguiente detalle: La razón del 24 de mayo y Clarín del 2 de junio remitidos respectivamente, junto con los oficios de fs. 263 y 219 del legajo de instrucción suplementaria; Noticia periodística publica por Clarín el 25/5, La Nación del 25/5 y La razón del 26/5 a partir de fs. 652; 663 y 658 respectivamente del Expediente 41.804 incorporado por lectura; por último el ejemplar de la revista SOMOS se halla agregado a fs. 445/450 del legajo de prueba 363 de causa 450.

Esta acción de propaganda, no fue un hecho aislado sino que también formó parte, de una metodología, la cual fue reglamentada en el RC – 5- 2 de Operaciones Sicológicas.

Esta normativa define la Acción Sicológica (Introducción, punto V. ítem 1) como: “un recurso permanente de conducción que regula el empleo de métodos, procedimientos, técnicas y medios que influyen sobre el campo psíquico de determinado público” y establece que los métodos de una acción sicológica son obrar en forma persuasiva, sugestiva o compulsiva sobre los públicos, procurando crear, afirmar o modificar sus conductas y actitudes. (punto V. ítem 6).
Según el reglamento las operaciones sicológicas deben proporcionar apoyo directo a las operaciones (pto 1.005) y constituyen un medio importante a disposición del comandante para coadyuvar sustancialmente en el cumplimiento de la misión. Los comandantes de cualquier nivel deberán siempre integrar en sus planes operaciones sicológicas y se emplearan fundamentalmente en operaciones de seguridad, operaciones no convencionales, los planes y programas para prisioneros de guerra y civiles internados y las operaciones de asuntos civiles. (punto 1006)
Acerca de cómo se realiza, existen varios métodos: persuasivo, sugestivo y compulsivo…. En el punto 2010 del citado reglamento se establece que: “La propaganda se empleará para comunicar mensajes específicos a un público determinado…”, esta tiene una planificación y el resultado final de ese planeamiento es el texto de la propaganda listo para la producción de propaganda.(ítem nro. 3) …Producida la propaganda esta deberá ser distribuida por los medios de comunicación seleccionados, los que podrán ser: radio, altoparlantes, emisoras de televisión, material impreso y persuasión personal cara a cara. (ítem nro. 5)
Sobre las ventajas de estas acciones: Según el punto 2010 item 6 son a) La asequibilidad y eficacia como procedimiento de comunicación publica; b) Permitir un encubrimiento natural de los fines, al explotar el interés natural de información o diversión de los públicos; c) La posibilidad de que los públicos transfieran espontáneamente, sobre los temas de propaganda el prestigio que tienen por si mismos los medios de comunicación de masas; d) De afirmación por reiteración o sin ella de la credulidad de la palabra escrita u oral planeada, frente a la inercia y debilidad de la conciencia pública…”




Sin embargo, El “INFORME ESPECIAL” -remitido por la Comisión Provincial por la Memoria -, elaborado por la Central de Reunión /GT 4 en relación a la situación de la “BDSM ORGANIZACIÓN COMUNISTA PODER OBRERO (OCPO) del 1ro de septiembre de 1977, describe una situación distinta de esta organización, a la descripta por la información difundida por la prensa, a instancia de la acción sicológica del Comando de la Zona I:
Allí se describe que la llamada “banda subversiva” estaría compuesta en su nivel de base por 32 personas, de las cuales 21 tienen origen en OCPO, 4 de Fal 22 de agosto, y las restantes del movimiento Patria Socialista.
Sostiene que esta BDS alcanzó su mayor potencial a fines de 1975 con unos efectivos estimados de 300 personas, quedando en la actualidad pese a las incorporaciones posteriores solamente el 12 % de esta cifra. El informe estima que esta “banda de delincuentes subversiva” estaba compuesta por 38 miembros, 4 miembros de organización, en el aspecto militar “Brigadas Rojas” el número se reduce a 9 personas de las cuales sólo una posee formación militar, el frente sindical compuesto por 7 personas y por último 5 miembros vivirían en Córdoba y 6 en Rosario. El armamento de los subversivos sería 1 fusil, 5 pistolas ametralladoras, 20 a 25 pistolas y escasas municiones y la movilidad con la que cuentan son dos vehículos y no poseen ninguna casa en todo el país.
En su página 6, hace referencia al “proceso de unificación iniciado con la BDS – FAL 22 de agosto, que sufre un cambio debido a la debilidad de esta ultima –como producto de los golpes recibidos durante fines de abril y principio de mayo último a manos de la FFLL, que redujeron aun mas sus efectivos y provocaron más deserciones…”.
Este informe de manera contundente expresa como CONCLUSIONES: “La BDS OCPO se encuentra en repliegue y casi totalmente desarticulada en sus aspectos organizativos y logísticos por aniquilamiento y deserción y con muy reducida capacidad de acción en lo político, militar, agitación y propaganda y gremial”.
Como puede observarse así funcionaban los canales informativos de la Dictadura. Una información ficticia para la población: las víctimas eran miembros de organizaciones que estaban reunidas para planear una conspiración con apoyo internacional y capacidad militar para emprender ataques terroristas, en contraposición con la información real que manejaba internamente el Ejército: en septiembre del 1977, la organización estaba compuesta 38 personas divididas en Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe, sin recursos y sin ningún tipo de conocimiento militar.
Quiero ahora citar a RODOLFO WALSH en su célebre CARTA ABIERTA DE A LA JUNTA MILITAR, a un año del golpe:
Allí dijo “…El primer aniversario de esta Junta Militar ha motivado un balance de la acción de gobierno en documentos y discursos oficiales, donde lo que ustedes llaman aciertos son errores, los que reconocen como errores son crímenes y lo que omiten son calamidades.
… 3. La negativa de esa Junta a publicar los nombres de los prisioneros es asimismo la cobertura de una sistemática ejecución de rehenes en lugares descampados y horas de la madrugada con el pretexto de fraguados combates e imaginarias tentativas de fuga….
Extremistas que panfletean el campo, pintan acequias o se amontonan de a diez en vehículos que se incendian son los estereotipos de un libreto que no está hecho para ser creído sino para burlar la reacción internacional ante ejecuciones en regla mientras en lo interno se subraya el carácter de represalias desatadas en los mismos lugares y en fecha inmediata a las acciones guerrilleras.
Setenta fusilados tras la bomba en Seguridad Federal, 55 en respuesta a la voladura del Departamento de Policía de La Plata, 30 por el atentado en el Ministerio de Defensa, 40 en la Masacre del Año Nuevo que siguió a la muerte del coronel Castellanos, 19 tras la explosión que destruyó la comisaría de Ciudadela forman parte de 1.200 ejecuciones en 300 supuestos combates donde el oponente no tuvo heridos y las fuerzas a su mando no tuvieron muertos.
Más de cien procesados han sido igualmente abatidos en tentativas de fuga cuyo relato oficial tampoco está destinado a que alguien lo crea sino a prevenir a la guerrilla y a los partidos de que aún los presos reconocidos son la reserva estratégica de las represalias de que disponen los Comandantes de Cuerpo según la marcha de los combates, la conveniencia didáctica o el humor del momento.
Así ha ganado sus laureles el general Benjamín Menéndez, jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, antes del 24 de marzo con el asesinato de Marcos Osatinsky, detenido en Córdoba, después con la muerte de Hugo Vaca Narvaja y otros cincuenta prisioneros en variadas aplicaciones de la ley de fuga ejecutadas sin piedad y narradas sin pudor.
El asesinato de Dardo Cabo, detenido en abril de 1975, fusilado el 6 de enero de 1977 con otros siete prisioneros en jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército que manda el general Suárez Masson, revela que estos episodios no son desbordes de algunos centuriones alucinados sino la política misma que ustedes planifican en sus estados mayores, discuten en sus reuniones de gabinete, imponen como comandantes en jefe de las 3 Armas y aprueban como miembros de la Junta de Gobierno.
4. Entre mil quinientas y tres mil personas han sido masacradas en secreto después que ustedes prohibieron informar sobre hallazgos de cadáveres que en algunos casos han trascendido, sin embargo, por afectar a otros países, por su magnitud genocida o por el espanto provocado entre sus propias fuerzas.

Veinticinco cuerpos mutilados afloraron entre marzo y octubre de 1976 en las costas uruguayas, pequeña parte quizás del cargamento de torturados hasta la muerte en la Escuela de Mecánica de la Armada, fondeados en el Río de la Plata por buques de esa fuerza, incluyendo el chico de 15 años, Floreal Avellaneda, atado de pies y manos, "con lastimaduras en la región anal y fracturas visibles" según su autopsia.
Un verdadero cementerio lacustre descubrió en agosto de 1976 un vecino que buceaba en el Lago San Roque de Córdoba, acudió a la comisaría donde no le recibieron la denuncia y escribió a los diarios que no la publicaron.
Treinta y cuatro cadáveres en Buenos Aires entre el 3 y el 9 de abril de 1976, ocho en San Telmo el 4 de julio, diez en el Río Luján el 9 de octubre, (ahí estaba el cuerpo de Marcelo Gelman y Ana Maria Perez Sanchez embarazada a termino) sirven de marco a las masacres del 20 de agosto que apilaron 30 muertos a 15 kilómetros de Campo de Mayo y 17 en Lomas de Zamora. … A la luz de estos episodios cobra su significado final la definición de la guerra pronunciada por uno de sus jefes: "La lucha que libramos no reconoce límites morales ni naturales, se realiza más allá del bien y del mal".
¿A quién cita aquí Rodolfo Walsh en 1977? Al Coronel Pascarelli, uno de nuestros acusados, nota publicada en "La Razón" del 12-6-76.

1 comentario:

  1. Hola, soy sobrino de Catalina Oviedo de Ciuffo. Quisiera saber mas sobre lo ocurrido a mi Tía y a mi Tío Daniel.
    Contactarse con jorge.cai666@gmail.com

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