39) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Ofelia Alicia Cassano.
Por los que deberán responder los imputados GAMEN, DURAN SAENZ, ERLAN, ZEOLITI, CHEMES, MARTINEZ y MAIDANA.
Asimismo, GAMEN y DURAN SAENZ deberán responder por el homicidio calificado de la víctima.
Se encuentra probado que, OFELIA ALICIA CASSANO fue privada ilegalmente de su libertad el día 23 de marzo de 1977, cuando caminaba por la calle Rincón al 500, de la localidad de Banfield, provincia de Buenos Aires, junto a su compañero Roque Ignacio Gioia. En esa ocasión, fueron interceptados por un grupo de hombres armados, que hirieron probablemente de muerte a Gioia y secuestraron a CASSANO, conduciéndola al centro clandestino de detención “El Vesubio”. Allí, la víctima fue torturada y mantenida en cautiverio en condiciones inhumadas de vida. También se ha podido acreditar que la víctima fue asesinada el 28 de abril junto a otras personas.
Sobre su permanencia en el CCD, Ana María Di Salvo relató que “…OFELIA ALICIA CASSANO que era médica, trabajaba en el Hospital Italiano, era jefa de Residentes, la trajeron en marzo y al haberla detenido o secuestrado, habían matado a su esposo en Banfield, que era Roque Gioia. Ella estaba desesperada y lloraba, y estaba angustiada, y repetía constantemente cosas de ella y de él y de cómo se amaban, y que no podía creer lo que le pasó…”. Refirió que pudo hablar con Ofelia “… y que estaba tan mal, tan angustiaba que sólo hablaba de lo que había sucedido, de él… y agregó: a mí se me ocurrió contarle lo que me pasó, y entonces Ofelia se dio cuenta de que no era la única…. y podíamos intercambiar palabras y hablar sobre esa situación en la que estábamos y así se fue calmando…”.
Elena Alfaro, refirió que compartió cautiverio con CASSANO, a quien apodaban “la torda”. Mencionó que era una persona muy especial, ya que siempre intentaba levantarles el ánimo y cuidar a las mujeres embarazadas. Agregó que fue trasladada antes del 23 de mayo junto con otras dos cautivas, María Luisa Martínez y Generosa Fratassi, y que no supieron más de ellas en el ccd. Refirió por ultimo que hacía poco tiempo se había enterado que fueron encontrados juntos los tres cuerpos.
Cabe destacar que sobre el traslado de Frattasi, Martinez y Cassano Alfaro, en su testimonio presentado en el Consulado de París en el año 84 y que obra agregado en su legajo Conadep –incorporado por lectura- ya había mencionado que las tres víctimas habían sido trasladas juntas del ccd a mediados de mayo de 1977.
También Mirta Susana Iriondo durante su testimonio recordó la presencia de una médica de terapia intensiva en el ccd.
Según el acta de defunción, el cadáver de OFELIA CASSANO fue hallado la madrugada del 28 de abril de 1977, en la intersección de las calles Rivadavia y Juncal de Temperley, partido de Lomas de Zamora y la causa de su muerte fue destrucción encefálica por bala (cfr. Acta nº 320 B agregada a fs. 80 y también a fs. 93 del legajo 118/10).
Ese mismo día, sus restos fueron ingresados como N.N. al Cementerio Municipal de Lomas de Zamora, junto a cuatro personas más, también N.N., dos de ellas de sexo femenino y dos masculinos. Las cinco víctimas fueron inhumadas en una fosa común –la nro. 35-F-10- del cementerio y con posterioridad fueron identificadas las dos mujeres que resultaron ser María Luisa Martínez y Generosa Fratassi.
Si bien no se cuenta con ningún detalle de las circunstancias en que se habría producido el homicidio, la nota publicada el 29 de abril de 1977 en el diario La Opinión, da cuenta de que a las 2:30 hs en la intersección de Juncal y Rivadavia de Lomas de Zamora, se había registrado un tiroteo cuando fuerzas conjuntas que realizaban un control vehicular, fueron atacadas por varios individuos que se trasladaban en dos automóviles. Refería la nota que entre los abatidos había tres mujeres.
Sobre los “enfrentamientos fraguados” como metodología de la represión, que tenían por fin el asesinato de personas desaparecidas, y su comunicación en los medios periodísticos, ya me he referido en el hecho de Monte Grande. Baste aquí señalar que resultaría completamente absurdo sostener que tres mujeres cuyos secuestros y cautiverio se hayan ampliamente probados hubieran podido atacar un reten militar, lo que aleja toda posibilidad de que los hechos se hubieran producido de la manera sostenida por el Ejército.
Respecto a las inhumaciones clandestinas en el Cementerio Municipal de Lomas de Zamora se instruyó la causa nº 13348, caratulada “Álvarez de Arias, María Consuelo y otros s/ denuncia”, iniciada el día 29 de octubre de 1982 por familiares de detenidos-desaparecidos, quienes solicitaron que se investigaran las inhumaciones de cadáveres registrados como NN.
Esta causa fue solicitada por la Cámara Federal de Apelaciones de esta ciudad, en abril del año 2.000 en el marco del Legajo nro. 118 caratulado “Cementerio de Lomas de Zamora”, y se ordenó la exhumación de diversas tumbas, de esa necrópolis, a fin de que el EAAF efectuara cotejos de ADN en el marco de la Iniciativa Latinoamericana de Identificación Desaparecidos (fs. 9/12 del legajo 118) y se encuentra incorporada por lectura al presente debate.
En la causa referida, obran además diversas declaraciones de los empleados de dicho cementerio, entre los cuales vale destacar la declaración de Manuel Sandoval, quien cumplió funciones de portero, y expresó que tenía la orden de sus superiores de dejar entrar a los cadáveres que trajeran la policía bajo las órdenes del personal del ejército. Agregó, que dichos cadáveres estaban sin cajón y eran enterrados al fondo del cementerio. Relató que tomó conocimiento de ello porque en una oportunidad le hicieron abrir las fosas para que los médicos realizaran las autopsias (fs. 146).
A su vez, Olga Beatriz Martínez, casera del cementerio manifestó que a partir de 1976 tuvo que esconderse en su casa con sus hijos, ya que en horas de la noche aparecía gente armada. Recordando, que para una navidad de 1976 o 1977, en horas del mediodía pudo percibir movimiento de personas que dejaron todo el pasillo, que iba desde la morgue hasta las tumbas del sector 28, mirando hacia el fondo del cementerio, lleno de sangre. Respecto a este hecho, un cuidador ya fallecido de apellido Herrera, le comentó que habían enterrado a 9 muchachos (declaración obrante en fs. 7 de la mencionada causa).
En cuanto al enterramiento de personas en fosas comunes, sin cajones y sin ropa, se refirieron los testigos Claro Giuffrida, Haroldo Gamarra y Luis Caviglione (fs. 164, 165 y 166, respectivamente).
Por último, mencionaremos el testimonio de Jenaro Vicente Flores Linares, jefe del Departamento del Cementerio, quien afirmó que a partir del año 1976 los procedimientos de inhumación eran muy irregulares, precedidos de fuerte custodia de personal del ejército vestido de fajina, como así también de personal policial, todos fuertemente armados, para que nadie se acercara al lugar donde se hacía las inhumaciones. Refirió, que en una oportunidad vio bajar a tres cadáveres: dos hombres y una mujer, entre 21 o 22 años. A la mujer le faltaba un seno, en su lugar tenía una especie de boquete rojo, y manchas raras por todo el cuerpo del mismo modo que los varones. Estos cadáveres, que estaban sin cajón, fueron arrastrados hasta una fosa y tapados. Agregó, que él calculaba que enterrados de ese modos habría unas 60 u 80 personas. Entre otras referencias también dijo que los cuidadores e inhumadores sabían de esto pero tenían miedo de hablar (fs. 272/4).
Los restos de CASSANO, enterrados en esas condiciones, fueron exhumados por el EAAF el día 18 de noviembre de 2004. Al respecto la perito antropóloga Patricia Bernardi, relató que existía una coincidencia entre los asientos del libro del cementerio municipal y lo que encontraron en el trabajo de campo: en la fosa 35-F-10 hallaron cinco cuerpos, dos hombres y tres mujeres.
Respecto a la causa de la muerte, el informe antropológico forense sobre el cadáver detalló de manera más pormenorizada que la misma era compatible con múltiples impactos de proyectil de arma de fuego que afectaron cráneo, mandíbula y región torácica (fs.107/137 del legajo 118/10).
Por último, el 7 de julio de 2010 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad mediante Resolución nro. 31/10 declaró que los restos óseos exhumados arqueológicamente del Cementerio Municipal de Lomas de Zamora (individualizados como LZ 35-F-10#4) correspondían a OFELIA ALICIA CASSANO conforme los informes genéticos y antropológicos agregados al legajo 118/10.
El hecho se encuentra probado, además por:
-La declaración de la madre de la víctima Ofelia Cambiaggio de Cassano, quien detalló las gestiones realizadas a fin de dar con el paradero de su hija, entre las cuales se encuentra la entrevista con el Coronel Federico Minicucci, quien le informó que su hija estaba bien, que la estaban interrogando y que iba a pasar un tiempo antes de su liberación. Agregó, que incluso le llevó ropa para que éste se la hiciera llegar a su hija, pero que el militar le manifestó que no era necesario pues en el lugar en el que se encontraba contaba con ropa suficiente.
La siguiente prueba documental tambien acredita el hecho:
-Legajo Conadep 3382, donde obra la denuncia formulada por la madre de Cassano y testimonios escritos de la misma, como así también constancias de habeas corpus presentados a su favor y denuncia ante C.I.D.H.
-Legajo de prueba 713, en el cual consta la presentación de la Embajada de Italia, a través de la que se requirió cooperación al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a fin de dar con el paradero de la víctima.
-Causa nº 2503/SU caratulada “Cassano Ofelia Alicia s/ averiguación” del registro de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.
-Legajo de identificación nº 118/10 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de esta ciudad.
-Causa nº 13348 caratulada “Álvarez de Arias, María Consuelo y otro s/ denuncia”, referente a las investigaciones realizadas en el cementerio Municipal de Lomas de Zamora.
-Documentación aportada por Ofelia Cambiaggio, de la que surge en detalle las gestiones realizadas para dar con el paradero de su hija y libro “Ausencia – Relato de la madre de una detenida desaparecida” que relata las gestiones realizadas en busca de su hija y da cuenta de su trabajo como médica de terapia en el hospital Italiano.
Sitio de difusión de la producción de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado de la Procuración General de la Nación Argentina, especializada en los juicios por los crímenes de la última dictadura argentina en el ámbito del I Cuerpo del Ejército y el Plan Sistemático de desaparición de niños hijos de desaparecidos.
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conocí a Ofelia y a su compañero. Solian venir a casa a ducharse y tomar mate. Yo, en ese entonces, tenía 17 años, pero a pesar del tiempo los recuerdo con un inmenso cariño y los sigo extrañando.
ResponderEliminarLaura
Buenos días , me interesaría saber ya que los conocías si este matrimonio tenían hijos en común o el tenia una hija?. Te pregunto por que llego a mi oficina de Derechos Humanos de Almirante Brown ,una mujer diciendo que es su hija pero no hay registro de ello.. te tejo mi mails alicia_joaquin@yahoo.com.ar. MUCHAS GRACIAS
EliminarHOLA LAURA.. NECESITOSABER SI ESTE MATRIMONIO TENIA HIJOS, O EL LOS TENIA ?.
EliminarHola Alicia,
EliminarNo se si este email sigue existiendo. Vi tu pregunta a una tal Laura, en Internet, acerca de si Roque Ignacio GIOIA tenía una hija.
Sí, tenía una hija llamada Carolina GIOIA. Pero no fue con Ofelia CASSANO, sino con su primera esposa, Ana María VILLAR.
Mi tío Roque (de sobrenombre Carozo) era hermano de mi mamá. Desconozco si Ana María vive, ni tampoco el paradero de su hija Carolina.
Te agradeceré datos que vos puedas aportarme.
Gracias y saludos,
Gabriel Cabrera
261-6670821