viernes, 15 de julio de 2011

34) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Cayetano Luciano Scimia

34) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Cayetano Luciano Scimia

Por este hecho deberán responder GAMEN, DURAN SAENZ, ERLAN, ZEOLITTI, CHEMES, MARTINEZ y MAIDANA

Se encuentra probado que CAYETANO LUCIANO SCIMIA, (alias “LUCHO”) estudiante de medicina, fue privado ilegalmente de su libertad el 3 de marzo de 1977, en horas de la madrugada, en su domicilio de la calle Camino Gral. Belgrano 1263, Berazategui, PBA, por un grupo de 4 personas fuertemente armadas, vestidas de civil, que tras revisar la vivienda y encerrar a sus familiares en una habitación, sacaron al nombrado por la fuerza y lo introdujeron en un vehículo conduciéndolo al CCD “El Vesubio”, donde fue sometido a tormentos y condiciones inhumanas de cautiverio, que se prolongaron durante casi un año.
Pese a las numerosas gestiones judiciales que realizó su padre, todas arrojaron resultado negativo. La víctima se encuentra desaparecida.
Su permanencia en el CCD Vesubio se encuentra acreditada por el testimonio de Elena Alfaro, quien estuvo cautiva desde el 19 de abril de 1977 hasta los primeros días de noviembre de ese año, y dijo haber compartido cautiverio con “Lucio Scimia” al que le decían “LUCHO”, describiéndolo como un joven de ojos claros, pelo castaño claro, piel blanca, no muy alto y que era casi médico.
En cuanto a las torturas dijo que supo, por los dichos del nombrado, que lo habían torturado muchísimo; y que él era uno de los más viejos en el campo. Dijo que Scimia incluso le mostró las marcas tenía en su espalda, como consecuencia de las quemaduras provocadas por el guardia “Kolinos”; agregando que luego de sufrir un abceso en el pie fue sacado de las cuchas, y llevado a fines de mayo a la Sala Q, donde más tarde convivió junto con ella y otros cautivos. También relató que “LUCHO” le manifestó que el FRANCES lo había sacado del CCD, en un auto, llevándolo a su casa o al negocio de su padre en Berazategui, donde pudo verlo.
Durante el año 78, la víctima también fue vista en el Vesubio, por varios cautivos que lo identifican como “LUCHO”, el estudiante de medicina que oficiaba de médico y que estaba en la sala Q.
Cecilia Ayerdi, recordó que él era de zona sur, que tenía pelo lacio y rubio; y María Angélica Perez de Mickflick al serle preguntado por la asistencia médica, dijo que en la tortura había un muchacho que según él mismo decía era montonero y lo llamaban “LUCHO”. Dijo que aunque éste cumplía un papel condenable, era porque también estaba bajo tortura o coacción.
Su permanencia en el CCD también se encuentra acredita por los testimonios en el debate de: Jorge Federico Watts, Silvia Irene Saladino, Ricardo Daniel Wejchenberg, Horacio Russo, Arnaldo Piñón, Alejandra Naftal, Samuel Zaidman, Javier Goldín y Juan Antonio Frega.

Las constancias documentales que acreditan el hecho son:
-Legajo Conadep 1158 correspondiente a Cayetano Luciano Scimia, en el que obra la ficha de denuncia y las diferentes presentaciones de habeas corpus y demás gestiones que se realizaron para dar con su paradero.
En dicha denuncia, Hugo Scimia, padre de la víctima, manifestó que luego del secuestro de su hijo, éste fue llevado en tres oportunidades a su negocio (los días 28 de diciembre del 77, y 3 y 6 de enero del 78), pero siempre custodiado por dos hombres, uno de los cuales era policía y otro se hacía llamar Teniente; y que en esas visitas, aunque no podían hablar, su hijo le hizo mención a “La Tablada” y le mostró heridas que tenía en su cuerpo producto de la picana, pidiéndole que no hiciera denuncias ya que existía la posibilidad de que le permitieran abandonar el país. Manifestó que, el 4 de marzo del 78, uno de los captores fue a exigirle dinero para gestionarle a su hijo la Visa y hacer trámites para sacarlo del país; y que el 13 de marzo del 78 después de entregarle dinero, dicho sujeto se retiró en un automóvil (Ford Taunus GXL patente B-205.738 –que luego se supo que tenía denuncia de robo del 9-9-77-, olvidando en el lugar una cartera que contenía un arma y un recibo de sueldo a nombre del Oficial Inspector MIGUEL ANGEL CRISTÓBAL (n° de legajo 193861) y vales de nafta a nombre del Tte. CARLOS ROQUE LOREFICE (Tte. 1° S-4-R13. Gral. Belgrano, Cdo. Brigada IX).

-Legajo de prueba 57 de causa 450, donde consta la denuncia de Hugo Scimia ante el Ministerio de Defensa (Den. Nro. 194/84) y la constancia de lo manifestado por Alfaro en causa 13, en cuanto a que había visto a Cayetano Luciano Scimia en el CCD Vesubio.

-Causa 1166/SU de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que contiene una presentación de habeas corpus a favor de la víctima que fue desestimada en mayo del 79, así como también luce el testimonio de su hermano Alberto Scimia en juicios por la verdad, quien refirió que su hermano estaba por recibirse de médico y que en ese entonces él estaba muy nervioso porque se sentía perseguido, ya que unos meses antes habían secuestrado a su novia Clara. Asimismo, a dicho expte. corre por cuerda la causa 1926 del Jdo. Federal 3 de La Plata “Scimia S/Habeas Corpus”, en el que figura que el Crio. Miguel Angel Cristóbal, antes mencionado, se encontraba fallecido.

-Legajo de prueba nro. 494 de la causa 450 caratulado “Benet, Armando s/denuncia”, en el que obran las declaraciones de Néstor Norberto Cendón ante Conadep, quien mencionó haber visto detenido en el Vesubio a “LUCHO”, el cual era médico y estaba en la sala Q.

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