102) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Silvia Irene Saladino.
Por este hecho deben responder los imputados ERLAN, ZEOLITTI, MAIDANA, CHEMES y MARTINEZ.
Se encuentra acreditado que SILVIA IRENE SALADINO fue privada de su libertad el 18 de Julio de 1978 aproximadamente a las dos de la mañana en su domicilio sito en la calle Condarco 4515, piso 5to, departamento 41 de esta Ciudad, por un grupo de seis o siete personas vestidas de civil y armadas que se identificaron como policías e ingresaron a su domicilio, el cual compartía con sus padres y hermanos. Fue llevada a El Vesubio donde fue mantenida en condiciones inhumanas de vida durante más de un mes y torturada.
Tal como relató la víctima durante el transcurso del juicio oral, al ingresar a su vivienda primero encañonaron a su hermano, revisaron las bibliotecas, y finalmente llegaron hasta la habitación que compartía con su hermana y le dijeron que debía acompañarlos. La introdujeron a un automóvil Peugeot 404 que no poseía luces ni patentes, con dos personas atrás que se presentaron como Fresco y Batata, y otra persona que se identificó como El Francés que iba en la parte de delante del vehículo.
En el CCD “El Vesubio”, SALADINO fue encapuchada y la dejaron en un cuarto donde pudo ver que había otro cautivo. Pasado un tiempo la obligaron a desnudarse y acostarse sobre el elástico de una cama donde la ataron y le pasaron picana eléctrica sobre su cuerpo mientras era interrogada varias veces. Con posterioridad fue alojada en otra sala de la misma casa junto con otras personas que se encontraban en las mismas condiciones que ella.
Subrayó que durante su cautiverio padecían constantemente hambre, producto de la escasa o nula alimentación que recibían. Al respecto, declaró que en una oportunidad, uno de los guardias a quien apodaban “El Paraguayo” se acercó hasta ella y le ofreció un sándwich de milanesa. La víctima le preguntó si podía compartirlo con sus compañeras de cautiverio a lo que el mencionado se negó, afirmando que lo había traído especialmente para ella y que después traería uno para los demás, promesa que nunca cumplió.
También señaló la escasa higiene que se les permitía, e incluso nos contó que en la guardia comandada por “El Paraguayo” no se les permitía siquiera ir al baño.
SALADINO fue sacada de El Vesubio el 14 de Septiembre de 1978 en los términos que se explicarán en el apartado correspondiente, y recuperó finalmente su libertad el 18 de Mayo de 1979.
Su paso por el CCD “El Vesubio” y su posterior proceso de liberación se encuentran acreditados por su propio testimonio, y por las declaraciones de:
• Marta Nieves Kanje, quien refirió haber compartido cautiverio con Saladino en una sala común probablemente de la Enfermería y que luego fueron trasladadas juntas a las cuchas
• Inés Vázquez, dijo haber compartido con ella el cautiverio en la casa donde se torturaba a los cautivos.
• Mónica Haydée Piñeyro refirió que Saladino se encontraba en el piso de un auto durante su secuestro y después afirmó haberla visto en el CCD.
• Dora Beatriz Garín, Estrella Iglesias Espasandín, Laura Isabel Waen, y Cristina María Navarro, quienes afirmaron haberla visto dentro del CCD.
• Ricardo Wejchemberg, Paulino Alberto Guarido, y Jorge Federico Watts, quienes declararon saber que Saladino se encontraba en el CCD durante su propio cautiverio.
La prueba documental que acredita el hecho se compone de:
- Legajo SDH 2812 que contiene el testimonio de la víctima
- el Legajo Penitenciario de la Unidad Nº 2 del SPF donde obran las constancias relativas a su detención en dicha unidad.
Sitio de difusión de la producción de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado de la Procuración General de la Nación Argentina, especializada en los juicios por los crímenes de la última dictadura argentina en el ámbito del I Cuerpo del Ejército y el Plan Sistemático de desaparición de niños hijos de desaparecidos.
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