viernes, 15 de julio de 2011

44) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Generosa Fratassi

44) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Generosa Fratassi.
Por los que deberán responder los imputados GAMEN, DURAN SAENZ, ERLAN, ZEOLITI, CHEMES, MARTINEZ y MAIDANA.
Respecto al homicidio calificado de la víctima, deberán responder los imputados GAMEN y DURAN SAENZ.
Se encuentra probado que, GENEROSA FRATASSI fue privada ilegalmente de su libertad el día 14 de abril de 1977, aproximadamente a las 19.30 hs, mientras se encontraba en su lugar de trabajo, la Maternidad del Hospital Iriarte de Quilmes, en el que se desempeñaba como enfermera.
El operativo fue llevado a cabo por hombres de civil que ante la presencia del portero del Hospital, la esposaron y la introdujeron en una camioneta. Luego de ello, fue llevada al centro clandestino de detención “El Vesubio”, donde fue mantenida en cautiverio en condiciones inhumanas de vida hasta el 28 de abril de ese mismo año fecha en que fue asesinada.
Cabe destacar que el secuestro de FRATASSI está vinculado al de Maria Luisa Martínez, por haber dado aviso sobre el nacimiento de la hija de Silvia Isabella Valenzi. A partir del testimonio de Rosario Valenzi –hermana de Silvia-, se ha probado que GENEROSA FRATTASSI, se presentó junto a su madre en el despacho del director del Hospital, y lo increpó a fin de que le diera información acerca del parto que habría tenido lugar allí. Días después fue secuestrada.
Sobre su cautiverio, hemos escuchado el testimonio de Ana María Di Salvo, quien relató que GENEROSA FRATTASI estuvo cautiva en el Vesubio, cuando había una gran cantidad de mujeres lo que hacía que estén todas amontonadas.
Por su parte, Elena Alfaro también compartió cautiverio con la víctima. Recordemos que expresó, que estaba en la misma cucha que Martínez y que fueron trasladadas juntas.
GENEROSA FRATASSI fue asesinada y su cadáver fue enterrado en la misma sepultura y en las mismas circunstancias que en los casos de Ofelia Cassano y de Maria Luisa Martínez a los cuales me remito.

En cuanto a las causas de la muerte de FRATASSI, la partida de defunción obrante a fs. 78 del legajo 118/10 indica: “… destrucción encefálica por bala”, y el informe antropológico forense realizado por el EAAF, agregó que recibió al menos un disparo de arma de fuego que afectó órganos vitales en miembro superior izquierdo, y sufrió lesiones destacadas en la región torácica y pélvica posiblemente provocadas también por proyectiles de arma de fuego (fs. 1/31 del citado legajo).
En relación a este caso, el 30 de abril de 2010 la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de esta ciudad declaró, en la Resolución 23/10, que los restos óseos que fueron exhumados arqueológicamente del Cementerio Municipal de Lomas de Zamora (individualizados por el EAAF como LZ 35-F-10#3) correspondían a GENEROSA FRATASSI, conforme los informes genéticos y antropológicos agregados al legajo 118/10.

Además de los ya mencionados, este hecho se encuentra probado por los testimonios de:

-Carmela Fratassi, hermana de la víctima, quien relató la entrevista de Ofelia junto de a madre de Valenzi con el director del Hospital y gestiones llevadas a cabo para dar con su paradero.

-María Leonor González, hija de María Luisa Martínez, quien dio cuenta de los motivos del secuestro de GENEROSA.

-Dres Justo Blanco y Pérez Casal, médicos del hospital y Patricia Bernardi, antropóloga cuyos testimonios ya has mencionados en el caso de María Luisa Martínez.

A su vez, por las declaraciones incorporadas por lectura de:

-Luis Andrés, de fojas 3932/3934 correspondientes a las actas mecanográficas de la causa 13/84, de las que surge que el nombrado se desempeñó como portero del Hospital Iriarte en 1977 y de fojas 84 obrante en la causa nº 1055, quien fuera testigo del secuestro de GENEROSA.

Por último, cabe destacar que, también en este caso, la permanencia de la víctima en el CCD “El Vesubio” fue probado en la sentencia que dictó la Cámara Federal en la causa n° 13/84, bajo el hecho nro. 8.


Además se cuenta con la siguiente documental:

-Legajo CONADEP 4322, en el que obra denuncia presentada por la madre de GENEROSA ante la Conadep, familiares desaparecidos y detenidos por razones políticas y también constancias de habeas corpus presentando a su favor.
-Legajo de prueba nº 727 de la causa nº 450, del que surge las causas judiciales iniciadas por los familiares para dar con el paradero de GENEROSA.
-Causa nº 1375/SU, del Juicio por la Verdad de La Plata, que da cuenta de los trámites tendientes a dar con el paradero de la víctima, sin resultado positivo.
A su vez, también se cuenta con la prueba correspondiente a las exhumaciones de los restos óseos de las víctimas y sus identificaciones ya citadas en los hechos nros. 39 y 43.
Esta documental está compuesta por:
-Legajo de identificación nº 118/10 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de esta ciudad.
-Causa nº 13448 caratulada “Álvarez de Arias, María Consuelo y otros s/ denuncia”, referente a las investigaciones realizadas en el cementerio Municipal de Lomas de Zamora.
-Legajo CONADEP 3741, correspondiente a Isabella Valenzi.

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