viernes, 15 de julio de 2011

58) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Diego Julio Guagnini

58) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Diego Julio Guagnini
Por este hecho deberán responder los imputados GAMEN, DURÁN SÁENZ, ERLÁN, ZEOLITI, CHEMES, MARTÍNEZ y MAIDANA.

Esta probado que DIEGO JULIO GUAGNINI fue secuestrado el día 30 de mayo de 1977, junto a su hijo de 18 meses de edad, en la vía pública en el Barrio de Nueva Pompeya de esta ciudad, y posteriormente trasladado al ccd “Vesubio.
Según el relato de su hijo Emilio, el secuestro se produjo en un encuentro de su padre con su esposa María Isabel Valoy, quien había sido secuestrada días antes y permanecía cautiva en el CCD Atlético, de donde fue sacada con el único fin de capturarlo a él. En un primer momento, los tres fueron llevados a ese centro clandestino y luego Diego fue trasladado al “Vesubio”.
DIEGO GUAGNINI como su esposa Maria Isabel Valoy permanecen desaparecidos. Emilio Guagnini, estuvo varios días cautivo en el “Atlético” junto a su madre y luego fue entregado por sus captores en la casa de su tío Esteban Valoy, quien era militar.
Del mismo modo se ha podido probar, que DIEGO JULIO GUAGNINI, fue torturado en el ccd, sometido a condiciones inhumanas de cautiverio y mantenido con vida hasta por lo menos septiembre de 1977.
Al respecto, Hugo Pascual Luciani refirió que durante su primer cautiverio en el Vesubio –junio de 1977- conoció a Guagnini quien se encontraba en una cucha engrillado, y que en una oportunidad en que fue llevado al sector denominado “enfermería” por una dolencia cardíaca que padecía, pudo escuchar los gritos de Diego cuando era torturado. Agregó que en el mes de septiembre volvió a ver a al nombrado en el Vesubio; la víctima se hallaba en una cucha junto con otro cautivo “Córdoba” Guidot, y le pidiéndole que avisara a su familia que estaba bien y que estaba vivo.
También, Alvaro Aragón, relató que cuando llegó al Vesubio fue puesto en la misma cucha y esposado junto a la víctima. Sobre las torturas padecidas refirió que “... a Diego Guagnini lo torturaron durante dos meses, mucho más que al resto y por tal motivo estaba físicamente resentido en gran escala…”


Asimismo, acredita el hecho las declaraciones incorporadas por lectura de Juan Farías, quien dio cuenta que Guagnini se encontraba cautivo en el Vesubio, las declaraciones de Omar Guagnini, padre de la víctima (de fs. 1/8 y fs. 21 de la causa 1793; fs. 40 del legajo 126, escrito de fs. 1/8 y ratificación de fs. 10 de la causa 22932; escrito de fs. 1/3 y su ratificación a fs. 5 de la causa 13.284; 1/3 y 5 del legajo 810 y escrito de fs. 1/2 con su ratificación de fs. 3, fs. 46, 70 y 113 declaraciones obrantes en causa 1300) y de Juan Américo Bogado, vecino del matrimonio, (obrante a fs.67 del expediente 1300).

Por otra parte, el presente caso ha sido probado en causa 13/84 bajo el número 359. Cabe aclarar, que los tormentos que padeció Diego Guagnini han sido acreditados en este debate por la declaración de Hugo Pascual Luciani, específicamente en su declaración de fs. 258/59 de causa 1414 incorporada por lectura donde menciona que Guagnini fue torturado por sus captores, como así también por el testimonio de Álvaro Aragón recién mencionado.

Asimismo, el hecho se encuentra probado por la siguiente documental, entre otras:

-Conadep nro. 1058 perteneciente a la víctima, donde obran ficha de denuncia, y constancias de expedientes por privación ilegitima de la libertad.

-Legajos de prueba 126 y 810 de causa 450.

- Expte. nro. 1300 caratulada “Guagnini, Diego Julio hábeas corpus a su favor” que tramitó ante el Juzgado de Instrucción nro. 1, Secretaría nro. 102 la cual fuera iniciada el 27 de junio de 1977.

-causa nro. 1414 de ese mismo juzgado, caratulada “NN s/ privación ilegítima de la libertad, damnificados Guagnini, Emilio, Guagnini Diego Julio, Valoy de Guagnini, María Isabel”.


-causas nro. 2826 caratulada “Valoy de Guagnini, María Isabel s/ privación ilegal de la libertad; causa nro. 1793 caratulada “Guagnini Diego, Valoy de Guagnini, María Isabel s/ víctimas de privación ilegal de la libertad”, causa 22.932 caratulada “Guagnini Omar Argentino s/ Hábeas corpus en favor de Diego Julio Guagnini”, y causa 13.284 caratulada “Guagnini, Omar Argentino, interpone recurso de hábeas corpus en favor de Guagnini, Diego Julio y de Valoy de Guagnini, María Isabel”.

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