viernes, 15 de julio de 2011

99) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Marta Liliana Sipes

99) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Marta Liliana Sipes
Por este hecho deben responder los imputados ERLAN, MAIDANA, ZEOLITI, CHEMES y MARTINEZ.

Se encuentra acreditado que MARTA LILIANA SIPES fue privada de su libertad el día 12 de Julio de 1978 en su domicilio de la calle Martín Rodríguez 2825, Torre IV, piso 6to, departamento “F” de la localidad de Banfield, provincia de Buenos Aires, y fue mantenida en cautiverio en el CCD El Vesubio por más de un mes donde fue torturada.

Relató la víctima, en su declaración de fs. 85/87 del Legajo de prueba 1170 de la causa 450 que se incorpora por lectura, que un grupo de personas armadas, vestidas de civil y que alegaron ser de la Policía ingresaron a su domicilio diciendo que se la tenían que llevar para hacerle algunas preguntas. Al salir de su casa la encapucharon, la introdujeron en un automóvil y la condujeron al CCD.

Ya en El Vesubio, la primera noche la torturaron con picana eléctrica y la interrogaron respecto de sus actividades políticas y las de sus amistades. En su declaración de fs. 66/7 del mismo legajo, SIPES afirmó que durante su cautiverio que se prolongó por aproximadamente un mes y medio, la mantuvieron todo el tiempo alojada en una habitación encapuchada y esposada.

Relató que pocos días antes de salir del CCD le anunciaron que sería liberada, diciéndole que la dejarían en un vehículo, cerca de una unidad militar para que personal del Ejército la encontrara. Además le dijeron que cuando fuera interrogada no podía negar lo que constaba en la declaración que previamente había firmado y que iba a llevar consigo.

SIPES fue sacada del Vesubio el 12 de Septiembre de 1978 en las condiciones que se relatarán oportunamente en el Apartado sobre el Destino de los Cautivos. Recuperó su libertad finalmente en Mayo de 1979.

Su paso por el CCD “El Vesubio” y su posterior proceso de liberación se encuentran acreditados, amén de sus propios testimonios incorporados por lectura, por las declaraciones de:
- Silvia Saladino, quien afirmó que en el campo había otra mujer que fue liberada con ella, que era Marta Sipes.
- Faustino Fernández, quien recordó haber salido del CCD junto con una mujer de nombre Marta.
-Nieves Kanje, Jorge Watts, Dora Garín y Cristina Navarro, quienes dijeron que Marta Sipes estuvo detenida dentro del CCD.

La prueba documental que acredita el hecho es:

-el Legajo Conadep 7763, que contiene un relato del secuestro y cautiverio realizado por la propia víctima.
-documentación remitida por la Comisión Provincial por La Memoria correspondiente a los archivos de la DIPPBA.

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