viernes, 15 de julio de 2011

96) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Gustavo Alberto Franquet.

96) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Gustavo Alberto Franquet.
Por este hecho deben responder los imputados ERLAN, MAIDANA, ZEOLITI, CHEMES y MARTINEZ.
Se ha probado que GUSTAVO ALBERTO FRANQUET fue privado ilegalmente de su libertad en la noche del 8 al 9 de mayo de 1978, en el domicilio familiar sito en Castelli 197 de Morón, Provincia de Buenos Aires, por un grupo de personas armadas vestidas de civil, algunas de las cuales vestían camperas de “tipo militar”. Los captores luego de revolver las distintas habitaciones de la casa y robar algunos bienes, se llevaron a Franquet y lo introdujeron en el asiento trasero de un auto entre dos de los secuestradores, obligándolo a permanecer con la cabeza baja.
Desde ese domicilio se desplazaron hacia esta Ciudad, deteniéndose en la Avenida Córdoba para realizar otro operativo de secuestro, luego tomaron Avenida Rivadavia y se dirigieron al CCD Vesubio.
Una vez allí, FRANQUET –que se encontraba encapuchado y con las manos esposadas en la espalda- fue ingresado a una casa junto con otras personas que estaban en su misma situación. A todos los hicieron parar frente a una pared, con las piernas bien abiertas, y les preguntaron el nombre; advirtiendo así la víctima que junto a él se encontraban algunos compañeros de militancia de la Unión de Estudiantes Secundarios. Recordó también que mientras estaban así les pateaban los testículos a los que se movían.
Dijo FRANQUET que mientras permaneció en esa habitación pudo escuchar las torturas de una chica y de un compañero de militancia; y que luego ingresó él a la sala de torturas siendo interrogado por el represor conocido como “El Vasco”. Durante su sesión de tortura, hicieron entrar a Leonardo Dimas Nuñez y a Claudio Niro, y los interrogaron respecto de otros compañeros de militancia.
FRANQUET permaneció alojado los primeros días en esta casa donde estaba la sala de torturas y luego fue trasladado a la casa de las cuchas por 24-48 horas. En esta segunda casa compartió cautiverio con otros compañeros de militancia, que se encuentran desaparecidos, Mauricio Weinstein, Juan Carlos Martire y Gabriela Juárez.
Finalmente, FRANQUET fue llevado nuevamente a la casa de las torturas, donde permaneció en condiciones inhumanas de vida, hasta el 24 de junio de 1978 en que junto con sus compañeros Ricardo Fontana, Pablo Martín y Leonardo Dimas Nuñez fue llevado al Regimiento de Infantería n° 6 de Mercedes.
Durante su cautiverio en el CCD, Gustavo Franquet recordó que le habían asignado la letra y nro. M 24 y que el nombre que le habían puesto era “Hugo Torres”. Nos contó en la audiencia que durante el operativo de secuestro su familia mencionó que eran familiares del general Luciano Jáuregui –en ese momento destinado en Rosario- y atribuye a ese parentesco el hecho que en el CCD le hubieran cambiado el nombre.
Antes de este traslado, “El Francés” les hizo un discurso diciendo que eran del Comando de Apoyo a la Libertad de América, que los iban a entregar a las autoridades, les hicieron firmar unos papeles y les advirtieron que los iban a estar vigilando y que iban a ir presos.
FRANQUET recuerda que cuando los dejaron en la puerta del cuartel, los militares montaron una escena y escuchaba la voz de uno de ellos que alertaba a los soldados por la posible existencia de explosivos y se mofaba del “olor a muertos” que tenían producto de la falta de higiene durante el cautiverio.
Durante una noche permanecieron en el Regimiento de Infantería 6 de Mercedes y luego fueron trasladados a la cárcel de Mercedes durante 2 meses y medio más, sin posibilidad de comunicación con el exterior.
El 8 de septiembre de 1978 fueron trasladados en avión a esta Ciudad y alojados en la Unidad Carcelaria de Devoto donde pudieron tomar contacto con su familia y hacia fines de septiembre fueron trasladados a la Unidad 9 de La Plata hasta su liberación en 26 de marzo de 1979.
El Consejo de Guerra instruido en su contra se declaró incompetente en acuerdo realizado el 26 de diciembre de 1978 y la causa recayó en el Juzgado Federal n° 2, Secretaria 4, que ordenó su sobreseimiento provisorio el 30 de marzo de 1979, dijo Franquet al respecto, “era como tener una espada de Damocles”.
Cuando le fue concedida la libertad, FRANQUET se quedó un mes en el país y luego se exilió, y regresó un mes antes del retorno a la democracia en diciembre de 1983.
Respecto de sus días de cautiverio en el CCD Vesubio, FRANQUET rememoró que en uno de los interrogatorios cuando lo estaban golpeando sintió que iba a sobrevivir y se los dijo a sus compañeros. Y confirmando lo que pensó durante su cautiverio nos dijo en esta audiencia “Me parece que es así, ellos (dijo refiriéndose a los imputados) hasta el último día de su vida lo único que van a ser y lo único que van a ver en el espejo cuando se vean es un chupador del Vesubio, un torturador, ellos están ahí siempre, nosotros creo que nos fuimos, ellos no, no se pueden ir del Vesubio…”

Además, el hecho se encuentra probado con los testimonios en el debate de:
-Samuel Leonardo Zaidman, Alfredo Chaves, Leonardo Dimas Nuñez, Claudio Niro y Adrián Brusa, quienes recordaron haber compartido cautiverio con Gustavo Franquet.
-Osvaldo Scarfia, que recordó que tenía asma, lo que se ve corroborado por el informe médico realizado a Gustavo Franquet en el Reg. De Mercedes que da cuenta que padece de disnea de origen asmático (fs. 16)

Asimismo, tales circunstancias se encuentran acreditadas por:
-Legajo Conadep nro. 6314 correspondiente a Gustavo Alberto Franquet, que da cuenta de las circunstancias del secuestro y cautiverio de Gustavo.
-Expediente nro. R86 003/67 (sumario 805) del Consejo de Guerra Especial Estable nro. 1/1 del Comando de Cuerpo I de Ejército.
-Expediente 12.021 Dimas Núñez Leonardo; Franquet Gustavo Alberto; Niro Claudio Orlando; Martín Pablo Antonio s/ infracción a las leyes 21.322 y 20840” del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro. 2, Sec nro. 4.
-Legajo penitenciario de Gustavo Alberto Franquet, que da cuenta de la liberación del nombrado con fecha 23 de marzo de 1979.

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