viernes, 15 de julio de 2011

106) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Paulino Guarido.

106) Privación ilegal de la libertad y tormentos de Paulino Guarido.
Por estos hechos deberán responder los imputados ERLAN, MAIDANA, ZEOLITI, CHEMES y MARTINEZ.

Se encuentra probado que PAULINO ALBERTO GUARIDO fue secuestrado el día 19 de julio de 1978 en su domicilio sito en la calle Miralla 3046 de esta Ciudad en horas de la madrugada mientras descansaba junto a su esposa MONICA PIÑEIRO y el resto de su familia, por un grupo de siete u ocho personas que ingresaron por el muro de su casa saltando una tapia y entraron al jardín gritando que eran policías.

En esa oportunidad, su madre fue forzada, con mucho alboroto, a abrir la puerta mientras que su hermano asustado comenzó a gritar motivo por el cual él se despertó, percatándose de la presencia de estas personas en su domicilio. Los captores revolvieron toda la casa, supuestamente buscando armas y “la merca”. GUARIDO relató que, con cierto dejo de sorna, estas personas se incomodaron con el título de un libro que encontraron: “Grupos operativos de enseñanza” de José Bleger.

Junto a MÓNICA PIÑEIRO, fueron obligados a salir de la casa siendo él introducido en un Renault 12 de color claro junto con cuatro de las personas que habían participado del operativo, dos de ellos en el asiento de atrás y su esposa en otro automóvil.

Relató la víctima, que cuando llegaron al “Vesubio”, fue encapuchado y recibido con una paliza; siendo llevado a una sala donde lo ataron a una cama semidesnudo y donde fue interrogado con golpes sobre sus actividades políticas, las de su hermano y las de Mónica Piñeyro. Estas personas también le preguntaban si conocía gente de la UES y el nombre de sus amistades.

Posteriormente, fue dejado en otra sala en el piso, donde permaneció esposado durante los once días que duró su cautiverio. Narró que por el acento, los que se encontraban allí, se referían a que “la guardia del Paraguayo” era la que con más sadismo golpeaba y que éste solía acercarse a algún cautivo y le preguntaba si estaba dormido y si no contestaba le pegaba; si respondía que no, golpeaban por no estar durmiendo, y si se respondía que sí lo golpeaban porque si se estaba dormido no se podía hablar. También refirió que en una oportunidad los guardias se habían olvidado que tenía lentes debajo de la capucha y que cuando lo descubrieron, lo golpearon por tenerlos.

Refirió que el día que salió del CCD, lo sentaron en una habitación y le informaron que lo iban a liberar. Previo a ello, quien supuso era el responsable del lugar le dio una charla con ciertos consejos de lo que tenía y no tenía que hacer. En la madrugada del 30 de julio, alrededor de la una de la mañana salió del CCD en un automóvil junto con otras dos víctimas siendo él bajado del vehículo por la zona de Mataderos sobre Avda. Larrazábal.

Su paso por el CCD “El Vesubio” y su posterior liberación se encuentran acreditados además su propio testimonio por las declaraciones de:
• Mónica Piñeiro, por ese entonces su esposa con quien fuera secuestrado, quien relató que previo a la liberación de PAULINO se pudieron ver dentro del CCD y despedirse.
• Silvia Saladino, quien refirió que lo vio en la casa de las torturas y que fue liberado previo a que a ella la trasladaran a las cuchas
• Nieves Kanje, quien contó que compartió cautiverio en la sala de la casa de las torturas
• Inés Vázquez, quien refirió que salieron del CCD juntos en el mismo automóvil
• Jorge Watts que supo que PAULINO se encontraba cautivo en el CCD.

La prueba documental que acredita el caso se compone:

- Legajo de prueba 1170 de la causa 450 iniciado el 25 de Julio de 1978 a raíz de la denuncia de María Ávalos de Guarido por la privación de la libertad de su hijo Paulino.

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