La Unidad de Asistencia para Violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de estado a cargo del fiscal Félix Crous, que actúa en el juicio por los crímenes cometidos en el CCD Vesubio, solicitó en el día de la fecha al Tribunal Oral Federal n° 4 de la Capital Federal la revocatoria de la detención domiciliaria de la que goza el condenado Coronel del Ejército HUGO ILDEBRANDO PASACRELLI, Jefe del Área en el cual estaba enclavado el CCD mencionado.
Pascarelli fue condenado el 14 de julio a la pena de prisión perpetua por considerarlo coautor mediato penalmente responsable del delito de homicidio calificado por su comisión con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, reiterado en tres (3) oportunidades; en concurso real con el delito de privación ilegítima de la libertad cometida por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, agravada por mediar violencia y amenazas y por haber durado más de un mes, reiterado en ocho (8) oportunidades; en concurso real con el delito de imposición de tormentos, agravados por la condición de perseguido político de la víctima, reiterado en ocho (8) oportunidades; los que a su vez concurren en forma material con los delitos de privación ilegítima de la libertad cometida por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, agravada por mediar violencia y amenazas, reiterado en siete (7) oportunidades, en concurso real con el de imposición de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, reiterado en siete (7) oportunidades, disponiéndose su detención en el momento de la lectura del veredicto. Todo el juicio estuvo en libertad.
El día 19 de agosto le fue concedida por el Tribunal la detención domiciliaria.
Basándose en la constatación de un funcionario del Tribunal comisionado para controlar el cumplimiento regular de la detención domiciliaria, la fiscalía considera que el día 26 de agosto quebró este beneficio excepcional cuando se ausentó de su domicilio sin autorización ni aviso previo o posterior al Tribunal, ni razones de urgencias que lo determinaran, para asistir al Hospital Militar a realizarse una práctica programada.
El Patronato de Liberados advirtió al Tribunal que el condenado se desplazaba conduciendo personalmente el automóvil de su hijo.
La fiscalía se opuso oportunamente a la concesión de la detención domiciliaria, pues considera que PASCARELLI se encuentra en condiciones de cumplir la pena en una unidad carcelaria del Servicio Penitenciario Federal, que cuenta con un servicio médico con capacidad de asistirlo medicamente.
Buenos Aires, 20 de agosto de 2011.
Sitio de difusión de la producción de la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos durante el terrorismo de Estado de la Procuración General de la Nación Argentina, especializada en los juicios por los crímenes de la última dictadura argentina en el ámbito del I Cuerpo del Ejército y el Plan Sistemático de desaparición de niños hijos de desaparecidos.
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